IVA en las entidades hospitalarias

Mi pregunta es que en las entidades hospitalarias, cuales son los gastos que están exentos de IVA y cual es el tipo impositivo.

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La sanidad es una actividad exenta de IVA. Los servicios relacionados con la salud no deben aplicar IVA alguno, ahora bien, si dispensan medicamentos, material sanitario o se cobra por la estancia del paciente, todos estos servicios sí incluyen IVA.
En general, para los medicamentos y material sanitario el tipo de IVA es el reducido o superreducido. En servicios accesorios como podría ser pago por la televisión, sería el tipo general.

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