Vivienda habitual

Buenos días:
Hace 2 años y medio adquirimos un apartamento como vivienda habitual, y como tal practicamos deducciones tanto de las cuentas vivienda, como posteriormente de la financiación ajena.
Ahora mis suegros nos dejan una vivienda de mayores dimensiones, y mi pregunta es, si no cumplimos los meses restantes, podemos renunciar a la parte proporcional de lo deducido, o pueden reclamarnos TODO más los intereses
nuestro objetivo sería en cualquier caso alquilar nuestro apartamento, para obtener unos ingresos extra
gracias por adelantado y un saludo

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Si no cumples, tienes que devolverlo todo, porque no se han cumplido los requisitos.
Lo mejor es que os trasladéis a vivir a la nueva vivienda y no hagáis el cambio de domicilio ni empadronamiento en la nueva casa. Mantened la anterior a efectos oficiales hasta que transcurran los tres años.
El único inconveniente que podéis tener es que tendréis que votar en el colegio electoral que corresponde al apartamento y que si Hacienda os comunica algo, lo hará allí. Ya está.

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