Caos en renta 2009 por 2 casas..

Os agradecería ayuda para enfocar la renta 2009 con el tema de las viviendas:
Año 2003 compro vivienda madrid 100% propiedad mía préstamo al 100% mio y me deduzco por vivienda habitual todos estos años hasta la renta del año pasado 2008. Año 2006 me caso en gananciales y todo sigue igual.
Año 2008 compro otra viendo (50% mía 50% mi mujer, préstamo al 50%), mi mujer en la renta 2008 ya se deduce esta por vivienda habitual y en la renta 2009 ya tramitada también.
Ahora bien para mi renta: En el 2008 vendí la 1ª vivienda (100% mía) y toda la ganacia una vez liquidada la hipoteca que quedaba la reinvierto en la hipoteca de la vivienda que compre con mi mujer. En la escritura de venta he observado que el notario me pusieron que no constituye mi vivienda habitual. Datos:
Venta: 160.000 -Hipoteca: 64.000 -Ganancia que invierto en la otra hipoteca: 98.000
Mis dudas son como enfoco todo esto para salir de la mejor forma con la declaración 2009

1 Respuesta

Respuesta
1
Lo que ponga el notario es irrelevante. Si está empadronado allí es su vivienda habitual.
Supongo que no tributó por la venta de la primera vivienda al acogerse a la reinversión en vivienda habitual.
Usted puede deducirse sin problemas la nueva hipoteca con alguna salvedad:
1) Puede deducirse las cantidades pagadas de la nueva a partir de que el montate total de lo invertido en la nueva (excluyendo la ganancia reinvertida) supere las inversiones deducidas por la antigua.
2) El préstamo es de los dos al 50%, de su 50% ha reinvertido en la cancelación del préstamo, ha de saber exactamente que es lo imputable a usted.
Me explico. Si el total del préstamo es de 100, 50 le pertenecen a usted y 50 a su pareja.
Las ganancias (25 por ejemplo) las utiliza para amortizar el préstamo, con lo que se queda un préstamo total de 75, de los cuales 25 le perteneces a usted y 50 a su pareja, es decir, del total del préstamo resultante, (75) el 33,33% es imputable a usted y el 66,66% a su mujer. Esos serían los porcentajes de deducción del total del préstamo de cada uno.
De ese 33,33% puede deducirse las cantidades pagadas a partir de que superen el acumulado de los paos deducidos de su anterior vivienda.
No se si me he explicado muy bien.
Genial Muchísimas Gracias me ha sido de gran ayuda y me queda todo algo más claro.
Entiendo entonces que debo practicar la reinversión de la venta de la 1ª casa por la totalidad de la ganancia patrimonial y como utilice todas las ganancias para amortizar préstamo de la 2ª (la vivienda habitual en estos momentos) y creo que el requisito 1 lo cumplo, ¿debo deducirme el máximo de los 9.015?.?
Gracias de nuevo! Miedo me estaba dando...
No me he explicado muy bien creo. En la renta de 2008 es cuando ustedo no paga por la venta de su casa por aplicarse (supongo) la deducción por vivienda habitual y el 2009 sigue tal y como le he explicado. Podrá deducirse las cuotas del préstamo que es imputable a usted (33,33% en el ejemplo anterior) sólo si la suma de esas cuotas (no la amortización) supera, la suma de las cuotas deducidas desde el 2003 de su anterior casa y solo por la parte que lo supere.
Si desde el 2003 ha invertido/deducido por su antigua casa 100 y en 2009 las cuotas suman 50 no puede deducirse nada.
Si desde el 2003 ha invertido/deducido por su antigua casa 100 y en 2009 las cuotas suman 110 puede deducirse 10 en 2009.
Sólo ha de sumar las cuotas, en el porcentaje que le corresponda, no la amortización parcial. A no ser que haya una gran diferencia de precio entre las dos casa dudo que pueda deducirse algo en 2009.
OK muchas gracias queda ahora mejor, el error en un dato ha sido mio, ya que la venta se ha producido en 2009 y no en 2008, con lo cual en esta renta 2009 es cuando voy a aplicar la reinversión, ¿me viene mucho mejor así verdad?.
Mil Gracias de nuevo por las sugerencias ya que este asunto me estaba dando verdaderos quebraderos de cabeza.
En ese caso, en su declaración de 2008 y 2009 debería de haberse deducido la vivienda nueva comprada en 2008 (como dijimos anteriormente, siempre y cuando los cálculos digan que puede hacerlo) y declararla como su vivienda habitual.
En ningún caso, en sus declaraciones de 2008 y 2009 debería haberse deducido, o declarado como habitual, la vivienda adquirida en 2003.
En caso de hacerlo estaría anulando la posibilidad de aplicar la reinversión en vivienda habitual en 2010

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas