Gastos deducibles Modelo 130 autónomo dirección fiscal

En octubre hice mi primera declaración del Modelo 130, y dentro de los gastos deducibles me pareció obvio poner el importe de la cuota de Seguridad Social, incluso un amigo más informado que yo en temas fiscales me dijo que sí. Pero ahora me entró la duda, y mirando por Internet no lo tengo tan claro. Algunos dicen que sí, otros que no.
¿Es corrector deducir la cuota de autónomo de la Seguridad Social en los gastos deducibles del modelo 130?
Si no lo es, ¿Cómo lo corrijo? Como la declaración es con importe acumulados, ¿me espero a la próxima declaración y cambio el importe de gastos o tengo que hacer una declaración correctiva? Tengo que aclarar que en el primer trimestre no tuve ingresos, así que no tiene impacto sobre la cantidad de impuestos que tenga que pagar, pero quiero que las cosas estén correctamente registradas.
En caso de que la cuota de Seguridad Social de autónomo no se registre en el modelo 130, ¿cuándo se toma en cuenta? ¿En la declaración de la renta?
Tengo otra preguntita. De momento mi dirección fiscal personal y de autónomo es la misma. Sin embargo me he mudado hace un tiempo, y como estaba empadronado en casa de familiares todavía no he cambiado el padrón ni la dirección fiscal (ni personal ni profesional). En la casa donde vivo ahora tengo derecho a unas ayudas de vivienda, y me gustaría poder disfrutarlas, por eso pienso empadronarme en la casa antes de fin de año, para poder computar los meses que estuve viviendo de alquiler y obtener la ayuda.
Para eso entiendo que tengo que empadronarme y cambiar mi dirección fiscal a la casa donde estoy viviendo. Pero: ¿Podría mantener la dirección fiscal profesional en la casa donde estaba empadronado hasta ahora? Es que puede que me vuelva a mudarme en poco tiempo y no quiero estar cambiando la dirección fiscal de la empresa cada rato, prefiero tenerla donde mis familiares, es más estable.
Respuesta
1
Buena:
A su primera pegunta sobre el modelo 130 tengo que decirle que debe incluir todos los gastos en los que a incurrdio, INCLUIOD SLO DE AUTÓNOMOS.
También podrá suma a los gastos el 5% de GASTOS DE DIFÍCIL JUSTIFICACIÓN es decir a la cantidad que resulte de restar los gastos a los ingresos le calcula un 5% y los suma a los gastos.
Ejemplo;
INGRESOS 1500
GASTOS 500
Beneficios 1000
INGRESO 1500
GASTOS           550   (500 + 50= 550; 5% DE 1000= 50)
LA dirección fiscal puede ser aquella que Vd. considere oportuna y no tiene por que ser la vivienda habitual, puede ser un local, un despacho, incluso en ocasiones es la Gestoría. En uanquier caso la dirección fiscal debe permitirle recibir adecuadamente su correspondencia fiscal.
El modelo 037 permite una dirección para notificaciones, así que puede tener una dreccion fiscal y otra para notificaciones. Si desea recibir sus cartas de AEAT en un domicilio concreto haga un 037 para inforamr a la AEAT su domicilio a efectos de notificaciones.
Saludos y feliz navidad.
Beneficios 950
Sobre los que se aplicara el 20 % y las operaciones del impreso.
DAdo que el 130 trimestral siempre hace referencia a INGRESOS Y GASTOS desde el 1 de enEro de cada año, si hay errones no relevantes, basta hacerlo bien el siguiente trimestre. Pero si el erro supone un alteración importante del ingreso deberá hacer una complementaria. Lo habiutal es hacer los ajustes al trimestre siguiente.
ç=
Reenvío por errores en la redacción
Buenas:
A su primera pegunta sobre el modelo 130 tengo que decirle que debe incluir todos los gastos en los que ha incurrido, INCLUIDOS LOS DE PAGO AUTÓNOMOS A LA TESORERÍA S.SOCIAL.
También podrá deducirse el 5% de GASTOS DE DIFÍCIL JUSTIFICACIÓN es decir a la cantidad que resulte de restar los gastos a los ingresos le calcula un 5% y los suma a los gastos.
Ejemplo;
INGRESOS 1500
GASTOS - 500
Beneficios 1000
...
INGRESO 1500
GASTOS           550    )500 + 50= 550; 5% DE 1000= 50)
Beneficios 950
Sobre los que se aplicara el 20 % y las operaciones del impreso.


Dado que el 130 trimestral siempre hace referencia a INGRESOS Y GASTOS desde el 1 de enero de cada año, si hay errores no relevantes, basta hacerlo bien el siguiente trimestre. Pero si el error supone una alteración importante del ingreso deberá hacer una complementaria. Lo habitual es hacer los ajustes al trimestre siguiente.
LA dirección fiscal puede ser aquella que Vd. considere oportuna y no tiene porque ser la vivienda habitual, puede ser un local, un despacho, incluso en ocasiones es la Gestoría. En cualquier caso la dirección fiscal debe permitirle recibir adecuadamente su correspondencia fiscal.
El modelo 037 permite una dirección para notificaciones, así que puede tener una dirección fiscal y otra para notificaciones. Si desea recibir sus cartas de AEAT en un domicilio concreto haga un 037 para informar a la AEAT su domicilio a efectos de notificaciones.

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