Contabilizar nominas autónomo

Tengo una duda sobre como contabilizar la nomina de un autónomo, persona que es a su vez administrador de una soc. Limitada. Me he encontrado con dos tipos de nominas:
1º.- El importe correspondiente a lo que paga el autónomo aparece como salario en especie y a su vez lo deduce como una retribución en especie. En este caso también me he encontrado en el mod. 110 con una retención que no figura en nomina.
2º.- Dicho importe aparece como un complemento salarial sin después ser deducido.
Mi duda surge cuando en bancos aparece cargado, por un lado, el importe neto de las nominas y por otro el importe del autónomo.
Querría saber como contabizar ambas nominas así como el importe del automono, que aunque corresponda a una determinada persona aparece cargado en la cuenta de la empresa.

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Esta pregunta es más de contabilidad que de fiscalidad. En el primer caso yo haría el siguiente asiento:
640
A 553 ( importe autónomo)
A (465)
A ( 4751)
Y cuando nos carguen el recibo
553 a 572
En el segundo caso, la verdad es que si luego al administrador no se le deduce nada por un autónomo que está obligado a pagar él, la verdad es que parece como si tuviera dos gastos ( la nómina y el autómomo) y en este caso se contabilizarín los dos como gastos y el administrador no se puede deducir como gastos sociales en su declaración de la renta el importe anual de los mismos.
Espero haberte podido ayudar. Si tienes alguna duda, ponte en contacto conmigo cuanto quieras.
Hola de nuevo aebp y gracias ante todo.
La verdad es que si me ha servido de ayuda. Pero sigo teniendo la duda de si estará correcto contabilizar dos gastos, cuando el autónomo corresponde a una persona física aunque corra por cuenta de una jurídica.
Otra cosilla era la de la retención que no aparece en nomina (en el 1º caso). Como la contabilizo cuando viene cargada en bancos.
Gracias
La verdad es que tienes razón. Ayer desgraciadamente con las prisas lo puse muy corriendo y no me expliqué bien. La verdad es que creo que en el segundo caso deberías contabilizarlo así:
640
A 4751
A 465
Y la verdad es que cuando llegue el el autónomo y lo pague la empresa podías hacer:
553 a 572
Y que el administrador os lo pague. Sinceramente, para evitar problemas lo mejor es incluirlo en nómina porque en este segundo caso realmente le pagas el autónomo dos veces ( en la nómina y cuando viene del banco)
Bueno, la retención, si aparece en el modelo 110 tiene que estar reflejada en la nómina, sino se está haciendo mal la nómina. Ya que ¿cómo se va a declarar unas retenciones que no se han quitado al trabajador?
Mira bien y coméntalo a tu asesor para que te diga el porqué.

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