Hacienda me imputa una ganancia patrimonial no declarada en el IRPF de 2011 por una subvención.

Como digo, la AEAT me imputa una ganancia patrimonial no declara en el ejercicio 2011 por una subvención que otorgó la Junta de Andalucía a una Comunidad de Propietarios.
Lo llamativo del caso es que la propietaria de la vivienda de la Comunidad es mi madre y no yo. Supongo que como la tramitación de la subvención la llevó a cabo la Asociación de Vecinos, por error, debieron poner mi nombre en lugar del de mi madre como propietario de la vivienda durante los trámites de la subvención. Evidentemente, es un error pues, insisto, la titular registral de la vivienda en el registro de la propiedad es mi madre.
La AEAT me ha mandado una liquidación provisional porque pagué de menos en la declaración del IRPF de 2011 porque, según ellos, no incluí la ganancia patrimonial derivada de la subvención que obtuvo la Comunidad de Propietarios.
Imagino, y es lo que agradecería me confirmarais, que puedo alegar que no soy el propietario de la vivienda, aportando una nota simple del registro de la propiedad, ¿verdad?
Supongo que haciéndolo así, se archivarían las actuaciones contra mí y la AEAT las iniciaría contra mi madre. Llegados a este punto planteo la segunda cuestión: Mi madre es pensionista, siendo la pensión su único ingreso. No alcanza ni de lejos los 22.000 euros anuales, por lo que no presenta declaración de la renta.
La ganancia patrimonial de la que estamos hablando es la que le (según la AEAT "me") corresponde por su porcentaje de participación en la Comunidad de Propietarios y asciende a 4350€. ¿Tendrá qué hacer ella la declaración de esta ganancia patrimonial y pagar el correspondiente impuesto?

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Efectivamente, con una nota simple del Registro bastaría (ésta tendrá eficacia frente a terceros como la Administración).

Respecto a su madre, sería conveniente calcular la cuantía de renta que percibió ese aó y a cuánto asciende su parte en la subvención, de este modo podremos saber si hubo obligación o no de que presentara declaración de renta. En caso de haber estado obligada, le enviarán la liquidación directamente a su madre así que le recomiendo que, antes de dicho requierimiento, regularice la situación de su madre. De este modo, en caso de haber por ejemplo sanción, podría reducirse hasta un 50%.

Muchas gracias por su respuesta. Le agradecería que con los datos que aporto a continuación me confirmen si hubo obligación de presentar la declaración por parte de mi madre:

Cuantía pensión neta anual, es decir, las 14 pagas ingresadas en su cuenta totalizaron: 8680€.

Su parte en la subvención ascendió a 4350 €.

En ese caso, sí tendrá obligación de presentarla por tener dos pagadores y superar la cifra anual de 11.200 € fijada en la ley.

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Efectivamente puedes alegar que no eres el propietario y aportar la nota simple del registro de la propiedad para que la AEAT deje de actuar contra ti.

Tu madre por haber recibido la subvención tenia obligación de hacer la declaración de la renta del año 2011.

Te aconsejo que a la vez que presentes el escrito en el que alegas que no eres el propietario del piso, presentes la declaración de la renta de tu madre fuera de plazo incluyendo la subvención y ingreses el importe resultante de dicha declaración.

De esta forma evitas la posible sanción que le pueden poner a tu madre y los intereses de demora. A tu madre le van a girar un recargo por declaración extemporánea por el importe del 15% de la cuota que se ha dejado de ingresar, siempre y cuando la declaración del año 2011 se presente antes del 30 de junio de 2013 (antes de que pase un año desde que finalizo el plazo en el que tenia que haberla presentado). Si se presenta pasado el año el recargo es del 20% y en este caso pueden exigir intereses de demora.

Si los ingresos de tu madre son muy bajos, con el mínimo personal, etc. a lo mejor no le sale a pagar, depende de sus circunstancias personales - edad, minusvalía, etc.

Espero haberte ayudado.

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