Modificación IRPF Mod. 100 año 2011
Ante todo darle las gracias por ayudar a gente que no domina temas fiscales como es mi caso.
Quisiera exponerle un problema que se me ha planteado y no se como poder solucionarlo. Le pongo en antecedente rápidamente.
Un matrimonio divorciado legalmente en 2007 y pendiente de liquidar a fecha de hoy la sociedad de gananciales habida en el matrimonio, deciden en el año 2011 vender un finca rustica de su propiedad en 1/3 a un particular (los otros 2/3 pertenecen a los hermanos del marido).
A la mujer le corresponde una titularidad del 16,67% por lo que en la firma de la escritura de venta le corresponde una cantidad de 4766€ aproximadamente con unos gastos en proporción de 300€, la finca fue adquirida en el año 1997 por importe (la de la mujer) de 2900€ igualmente aproximada.
EL comprador entrega la cantidad total a las partes en la firma ante notario. En dicho acto el marido o ex marido de la mujer, aparte de coger su importe que le corresponde, se queda con 2000€ en efectivo pertenecientes a su ex mujer, con lo que esta solo percibe 2766€, quedando pendiente el ex marido de entregárselos cuando se liquide la sociedad de gananciales.
La mujer en el año 2012 realiza la Declaración del IRPF del ejercicio 2011 y se imputa dicha Ganancia Patrimonial, por la totalidad de la venta de su parte es decir 4766 menos los 2900 de adquisición osea que mas o menos tiene una ganancia de 1550 (gastos incluidos y deducidos).
Ahora la mujer que aun no ha percibido la diferencia que el ex marido le adeuda, necesita modificar su declaración de la renta para que dicha ganancial patrimonial sea reducida (alegando en principio que solo ha percibido parte del importe de la venta) presentado la oportuna solicitud a la AEAT que la desestima alegando los artículos 14.1 c) de la Ley del IRPF y el articulo 1462 del Código Civil.
Mi pregunta es ¿Existe alguna posibilidad de poder solicitar que sea modificado este hecho o que se le pueda imputar a la mujer alguna perdida patrimonial o imputar esos 2000€ al ex marido, para que le sea reducida la ganancia por la venta de su parte de la finca?. ¿Y si es así a que articulado debo acogerme para poder presentar nuevamente una alegación a la AEAT?
Es por un tema de recurso presentado y desestimado igualmente ante el Ministerio de Educación por una BEca denegada (precisamente por el hecho de tener esta ganancia patrimonial) de un hijo universitario que convive unicamente con ella formando los dos la unidad familiar?
Espero que la cuestión o la explicación os aclare el tema y pueda haber o podáis ayudarme (pues yo soy el hijo en cuestión del matrimonio y estoy estudiando fuera de mi comunidad y el importe de la beca me es absolutamente necesario para poder continuar con mis estudios.
Como nota solo indicaros que aunque el matrimonio (osea mis padres) siguen en litigio por la liquidación de la sociedad por mi bien común han firmado una declaración jurada conjunta dando fe del hecho que os he indicado (osea que mi padre se quedo con parte del dinero que le correspondía a mi madre por la venta) y ha sido remitida a la AEAT en el escrito que ha sido desestimado