Declaración si eres pareja de hecho

Hasta que el PSOE no saque una ley de equiparación de derechos entre parejas de hecho y matrimonios convencionales, las declaraciones conjuntas sólo se pueden hacer en matrimonios cuyos cónyuges estén casados en régimen de gananciales.
Así pues, de momento, debéis realizar la declaración individual.

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Perdona, no conocía que residíais en Euskadi, en ese caso, se puede realizar la declaración individual o la conjunta, la que mejor resultado obtengáis.
La conjunta es por todo el año, el supuesto de hacerla solo desde la fecha de inscripción de pareja de hecho fue derogado.
Así pues, podéis realizarla individual o conjunta por todo el año, puesto que a 31 de diciembre erais ya pareja de hecho.
Hola! Gracias por tu respuesta. No obstante, residimos en el País Vasco y por tanto nos regimos por la ley fiscal foral que sí contempla la posibilidad de hacer la declaración conjunta en una pareja de hecho. Lo que no sé es si la podemos hacer conjunta todo el año o sólo a partir de la fecha de inscripción.
Gracias.
En vuestro caso teniendo en cuenta la inscripción en octubre de 2004, como esta se ha producido en el ejercicio fiscal 2004, este ejercicio finaliza a todos los efectos el 31 de diciembre.
Cuando hagáis la declaración en mayo de 2005, del ejercicio fiscal 2004, podréis realizarla conjunta puesto que a 31 de diciembre de 2004 ya estabais inscritos como pareja de hecho.

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