Procedimiento tributario sancionador, sanción de 40.000 euros
Tuve un bar alquilado de diciembre de 2012 a marzo de 2013, fecha en la cual me traslade a vivir a otra localidad.
El 20 de Julio 2013 me llega una carta certificada de Hacienda, en la cual, me sancionan por el siguiente concepto: DEUDA GESTIONADA POR AEAT EN PERIODO EJECUTIVO 2013 SANCIÓN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS - HORARIOS. 40.000 EUROS. Mientras tuve el pub alquilado nunca acudió la policía allí y nadie me dijo nada. Por tanto no se quien ha podido denunciarme o de donde viene esta sanción.
La dichosa carta dice que el periodo voluntario de pago finalizo el 05/11/2012 , que estamos en periodo ejecutivo de pago, y me comunica el importe de la sanción, además me dice que dispongo de un mes para presentar recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.
También me dice que si quiero el expediente comparezca en hacienda. Por ello, el 24 de julio 2013 presente un escrito en hacienda solicitando una copia del expediente para poder defenderme y elaborar el recurso, así como la suspensión del plazo para poder recopilar toda las pruebas posibles para que vean que yo no estaba en el local cuando eso paso.
Hacienda aun no me ha contestado al escrito ni me ha mandado copia del expediente ni nada,
Ya no se que hacer, puedo demostrar que cuando eso pasara, el bar aun no lo tenía alquilado y que en esos momentos estaba en el paro cobrando la prestación. Puedo aportar contrato y vida laboral. Aconséjenme, hacienda no puede sancionarme por algo que no he hecho, como me va a embargar si yo no he incumplido.
Que hago, presento recurso de reposición aportando copia del escrito del día 24 solicitando el expediente y aportando vida laboral y contrato de alquiler. Es que no se si el plazo esta parado, o ha trascurrido. No entiendo como va a pagar una persona una sanción tan elevada por algo que puede probar que no ha hecho.