IVA de créditos incobrables- fecha devengo y plazos

Soy autónomo y tengo un impago del 2T 2011 que estoy reclamando judicialmente. Se dan todos los requisitos para deducirme la base imponible del IVA.
Ahora en el IVA anual, modelo 390, no sé si es el momento de reducir la base o no. En mi caso son 6 meses los que tienen que pasar desde el devengo, y no sé qué fecha es esa. ¿La del pago del IVA trimestral del trimestre de la factura impagada? Yo lo presento por internet el 16/7/11 y al ser domiciliado y a ingresar, me lo cobran el último día de plazo, 20 julio. Entiendo que tengo hasta el 30 de enero para presentar el 390 y todo está en plazo.
Pero si esto ocurre en otras fechas, ¿cómo se indica entonces que la base se reduce?
¿Y también se puede reducir la base cuando haga el IRPF 2011 si sigo sin recuperar la deuda?
Espero su opinión, gracias.
Respuesta
La fecha a tener en cuenta es la de la fecha de emisión de la factura impagada.
http://www.asesorum.es/fiscal/ejemplos
Para recuperar ese IVA, habrá de reflejarse en el modelo 303 trimestral y en el 390, pero además, la Agencia Tributaria exige una comunicación por escrito. Podemos ayudarle a la redacción de tal escrito. Póngase en contacto con nosotros, saludos,
www.asesorum.es/fiscal
[email protected]
Gracias, el modelo de escrito ya lo tengo. Ya me informaré sobre la base del IRPF ya que no me han respondido a eso. Entiendo que utilicen este medio para publicitar sus servicios y responder de manera escueta. Un saludo.

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