Dudas sobre 115 por cese negocio

Buenas tardes:
Mi marido se jubiló el pasado
29/02/12, pagábamos en alquiler del local con la retención del 21% que después
ingresábamos con el 115, el propietario del local nos giró el recibo del
mes de marzo con la misma retención, que obligación ¿tenemos con estas retenciones
presentar el 115 de Enero y febrero? Y que ocurre con el mes me marzo.
Gracias y un saludo
Cacoro

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Le comento en el caso de que hayáis pagado el alquiler del mes de marzo tendréis que presentar el modelo 115 por las retenciones que le habéis hecho al que os alquila el local durante el primer trimestre, es decir tendréis que presentar el 115 y hacer el pago por los tres meses.

Buenas tardes ptega:

He intentado buscar soluciones por muchas Webs de internet, algunas de ellas decían o yo no he sabido entender que no teníamos que presentar el mes de marzo por haber pasado de estar de alta de autónomos a Baja por jubilación.

Es fenomenal poder contar con personas como vosotros para solucionar en un momento determinado una duda o gran duda.

Muchas gracias y un saludo.

Cacoro.

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