¿He reformado una fachada a un promotor debo cobrarle iva?

Hola buenas, he realizado la reforma de la fachada de una vivienda la cual han rehabilitado, mi reforma ha consistido en el picado, enfoscado y pintado de nuevo de la fachada, lo que es decir una renovación porque la fachada ya esta construida completamente. El promotor me pide que la factura vaya sin iva de acuerdo a la nueva ley de supuesto de sujeto pasivo aunque en mi asesoría me dicen que se trata de una reforma lo que he realizado no una rehabilitación, un saludo.

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Es muy importante conocer el alcance de la "obra" en la fachada, y si es una reforma aislada o por el contrario, su trabajo es parte de una obra mayor llevada a cabo por el promotor en toda la edificación.

Es decir, la "reforma" a la que se refiere debe ser parte de una obra mayor de consolidación de estructuras, fachadas, o cubiertas, y no sencillamente. El acabado u ornato de la edificación ni en el simple mantenimiento o pintura de la fachada.

En definitiva, para que sea rehabilitación debe existir una conexión directa con un proyecto mayor de rehabilitación, cómo puede ser la reconstrucción de fachada. En estos supuestos, no lleva IVA

Por la explicación, parece un mantenimiento, y en ese caso, efectivamente coincido con sus asesores, debe llevar IVA.

Me ha quedado bastante claro con vuestra explicación, por lo que debo facturar sin iva, ya que el proyecto principal consiste en la consolidación de la estructura, arreglo de cubiertas y reconstrucción de la fachada, y , aunque en lo que a mi respecta, solo he ´rehabilitado la fachada´ guarda relación directa con el proyecto principal, tanto en ejecución como en plazos etc... un saludo y gracias.

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