Tengo una sociedad limitada en el campo de la construcción y estoy meditando cerrarla.

Soy gerente de una empresa relacionada con el sector de la construcción, y desde el mes de octubre del 2008 estamos teniendo ciertos problemas monetarios y por consiguiente, con los trabajadores.
Hemos tenido que dejar de pagar recibos de seguros sociales durante algunos meses (¿aproximadamente debemos unos 40.000?) E IRPF a hacienda (¿unos 6.000?), debido a la falta de pago por parte de algunos de nuestros clientes. Nuestra intención siempre ha sido poder abonarlo una vez tuviésemos liquidez suficiente.
Debido a las dificultades de cobro a nuestros clientes, hemos tenido que ir retrasando el pago de las nominas de nuestros trabajadores, pagándolos en vez de a primeros, a finales de mes, pero siempre pagando las nominas.
Debido a la incertidumbre sobre si seguirían cobrando o no, los trabajadores de la empresa, se pusieron en huelga "encubierta" (acuendiendo al centro de trabajo pero sin realizar ningún avance en sus labores) durante 19 días (desde el 11 al 31 del mes), sus requerimientos eran que les adelantásemos las nominas, en definitiva, querían que el día 20 le abonásemos el mes completo por adelantado. A lo cual nos negamos con total rotundidad.
Una vez finalizo el mes, comenzaron una huelga legal. Pero en ningún momento han acudido a ninguna manifestación ni nada por el estilo.
Debido a que los trabajadores se encontraban en huelga hemos tenido que dejar de producir, y me veo en la necesidad de cerrar la empresa, darlos a todos de baja (aun estando en huelga) y dejar algunas deudas (seguridad social, hacienda, y uno o dos proveedores).
Me gustaría saber donde acaba mi responsabilidad como gerente de la sociedad (limitada) con estas deudas.
Tengo claro, que los prestamos que tenemos con el banco tengo que seguir pagándolos, ya que soy avalista.
Desde la gestoría que me llevan los papeles de la empresa, me han dicho que rechace todo tipo de cartas y citaciones que me lleguen y cierre la empresa y punto.
Me dicen que como soy SL, estas deudas se pierden una vez que cierre la SL (menos el préstamo porque soy avalista)
La verdad es que no lo tengo muy claro.
¿Debo acudir a las citaciones de CEMAC que me envían los trabajadores despedidos? ¿Y a las citaciones del juzgado civil por los despidos? ¿Qué hago con hacienda y la seguridad social? (La empresa no tiene ningún bien embargable, todo lo tenemos de alquiler, almacen, vehículo, etc)
Yo como persona, tengo una vivienda en propiedad que compré antes de tener la sociedad (bueno, como casi todo el mundo hipotecada)
¿Pueden echar mano de mi vivienda y embargarmela para hacer frente a los pagos de la sociedad?
¿Qué debo hacer? ¿Cómo actúo?
Durante todo este tiempo, la gestión de la empresa ha sido impecable en todos los sentidos, no hemos hecho ningún mal uso ni aprovechamiento "ilicito" de la sociedad.

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Lo primero desearle suerte y compartir el dolor con vd., por cuanto vengo del mismo sector y he pasado por eso sabiendo lo mal que se pasa.
En segundo lugar, yo que vd., cambiaría de gestoría ya que esa afirmación que le han hecho es absolutamente peregrina y sin fundamento.
a) Sepa que las deudas de la seguridad social y hacienda se pagan sí o sí, es decir, no hay limitación de la responsabilidad que valga ante esas deudas. Así que de ellas responderá personalmente además de los créditos que tiene avalados y al estar su propiedad con carga hipotecaria deberán realizar una anotación de embargo en el Registro de la Propiedad Correspondiente. En este caso, si se encuentra casado y en régimen de gananciales, antes de iniciar el proceso de cierre y demás trate de realizar un acuerdo de separación de bienes (por si acaso).
En tercer lugar, si tiene por cierto que la gestión ha sido impecable, acuda a un abogado especialista en mercantil y traten de declarar una quiebra y concurso de acreedores, es una forma en la que podrá librarse de muchos acreedores, pero eso sí, trate de contactar con un buen asesor legal especialista en mercantil, la Ley Concursal puede favorecerle en gran medida y evitar juicios futuros engorrosos. En lo tocante a la Seg Social se tendrá que ajustar (así lo marca la Ley de la Seguridad Social) a los acuerdos alcanzados por el Concurso correspondiente, puede ser una tabla que minimice el impacto de las deudas de la seguridad social.
Por otro lado, los trabajadores podrán cobrar hasta donde les sea permitido del FOGASA y más allá de eso "a reclamar al Maestro Armero".
Así que, ármese de paciencia que no es un proceso agradable, no es corto porque las soluciones tardan en llegar pero al terminar quedará tranquilo sabiendo a que atenerse. Así pues, de momento lo primero que debe hacer es hacerse con asesoría legal (un buen abogado mercantil) a y sobre todo "mande a paseo al gestor", no le escuche más, realice las gestiones con el abogado lo antes posible y estudien cuales son las opciones.
Si me indica la población tal vez pueda indicarle cuales son los abogados que a mi juicio le pueden ayudar, siempre que conozca alguno en la zona o que pueda tener referencias de él por terceros.
Un cordial saludo y ánimo que de todo se sale.
Jaime Feiner
[email protected]
Gracias por tu respuesta!
Hace ya unos días me puse en manos de un abogado, ya que con el "gestor" que tenia lo más probable es que terminase cuanto menos en la cárcel.
El abogado me ha aclarado todas las dudas y sobre todo me ha dado la tranquilidad que antes no tenia y que me ha llevado a un ataque de ansiedad que termino en el hospital con una inyección en el pecho.
Gracias !

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