Tengo una sociedad limitada en el campo de la construcción y estoy meditando cerrarla.
Soy gerente de una empresa relacionada con el sector de la construcción, y desde el mes de octubre del 2008 estamos teniendo ciertos problemas monetarios y por consiguiente, con los trabajadores.
Hemos tenido que dejar de pagar recibos de seguros sociales durante algunos meses (¿aproximadamente debemos unos 40.000?) E IRPF a hacienda (¿unos 6.000?), debido a la falta de pago por parte de algunos de nuestros clientes. Nuestra intención siempre ha sido poder abonarlo una vez tuviésemos liquidez suficiente.
Debido a las dificultades de cobro a nuestros clientes, hemos tenido que ir retrasando el pago de las nominas de nuestros trabajadores, pagándolos en vez de a primeros, a finales de mes, pero siempre pagando las nominas.
Debido a la incertidumbre sobre si seguirían cobrando o no, los trabajadores de la empresa, se pusieron en huelga "encubierta" (acuendiendo al centro de trabajo pero sin realizar ningún avance en sus labores) durante 19 días (desde el 11 al 31 del mes), sus requerimientos eran que les adelantásemos las nominas, en definitiva, querían que el día 20 le abonásemos el mes completo por adelantado. A lo cual nos negamos con total rotundidad.
Una vez finalizo el mes, comenzaron una huelga legal. Pero en ningún momento han acudido a ninguna manifestación ni nada por el estilo.
Debido a que los trabajadores se encontraban en huelga hemos tenido que dejar de producir, y me veo en la necesidad de cerrar la empresa, darlos a todos de baja (aun estando en huelga) y dejar algunas deudas (seguridad social, hacienda, y uno o dos proveedores).
Me gustaría saber donde acaba mi responsabilidad como gerente de la sociedad (limitada) con estas deudas.
Tengo claro, que los prestamos que tenemos con el banco tengo que seguir pagándolos, ya que soy avalista.
Desde la gestoría que me llevan los papeles de la empresa, me han dicho que rechace todo tipo de cartas y citaciones que me lleguen y cierre la empresa y punto.
Me dicen que como soy SL, estas deudas se pierden una vez que cierre la SL (menos el préstamo porque soy avalista)
La verdad es que no lo tengo muy claro.
¿Debo acudir a las citaciones de CEMAC que me envían los trabajadores despedidos? ¿Y a las citaciones del juzgado civil por los despidos? ¿Qué hago con hacienda y la seguridad social? (La empresa no tiene ningún bien embargable, todo lo tenemos de alquiler, almacen, vehículo, etc)
Yo como persona, tengo una vivienda en propiedad que compré antes de tener la sociedad (bueno, como casi todo el mundo hipotecada)
¿Pueden echar mano de mi vivienda y embargarmela para hacer frente a los pagos de la sociedad?
¿Qué debo hacer? ¿Cómo actúo?
Durante todo este tiempo, la gestión de la empresa ha sido impecable en todos los sentidos, no hemos hecho ningún mal uso ni aprovechamiento "ilicito" de la sociedad.
Hemos tenido que dejar de pagar recibos de seguros sociales durante algunos meses (¿aproximadamente debemos unos 40.000?) E IRPF a hacienda (¿unos 6.000?), debido a la falta de pago por parte de algunos de nuestros clientes. Nuestra intención siempre ha sido poder abonarlo una vez tuviésemos liquidez suficiente.
Debido a las dificultades de cobro a nuestros clientes, hemos tenido que ir retrasando el pago de las nominas de nuestros trabajadores, pagándolos en vez de a primeros, a finales de mes, pero siempre pagando las nominas.
Debido a la incertidumbre sobre si seguirían cobrando o no, los trabajadores de la empresa, se pusieron en huelga "encubierta" (acuendiendo al centro de trabajo pero sin realizar ningún avance en sus labores) durante 19 días (desde el 11 al 31 del mes), sus requerimientos eran que les adelantásemos las nominas, en definitiva, querían que el día 20 le abonásemos el mes completo por adelantado. A lo cual nos negamos con total rotundidad.
Una vez finalizo el mes, comenzaron una huelga legal. Pero en ningún momento han acudido a ninguna manifestación ni nada por el estilo.
Debido a que los trabajadores se encontraban en huelga hemos tenido que dejar de producir, y me veo en la necesidad de cerrar la empresa, darlos a todos de baja (aun estando en huelga) y dejar algunas deudas (seguridad social, hacienda, y uno o dos proveedores).
Me gustaría saber donde acaba mi responsabilidad como gerente de la sociedad (limitada) con estas deudas.
Tengo claro, que los prestamos que tenemos con el banco tengo que seguir pagándolos, ya que soy avalista.
Desde la gestoría que me llevan los papeles de la empresa, me han dicho que rechace todo tipo de cartas y citaciones que me lleguen y cierre la empresa y punto.
Me dicen que como soy SL, estas deudas se pierden una vez que cierre la SL (menos el préstamo porque soy avalista)
La verdad es que no lo tengo muy claro.
¿Debo acudir a las citaciones de CEMAC que me envían los trabajadores despedidos? ¿Y a las citaciones del juzgado civil por los despidos? ¿Qué hago con hacienda y la seguridad social? (La empresa no tiene ningún bien embargable, todo lo tenemos de alquiler, almacen, vehículo, etc)
Yo como persona, tengo una vivienda en propiedad que compré antes de tener la sociedad (bueno, como casi todo el mundo hipotecada)
¿Pueden echar mano de mi vivienda y embargarmela para hacer frente a los pagos de la sociedad?
¿Qué debo hacer? ¿Cómo actúo?
Durante todo este tiempo, la gestión de la empresa ha sido impecable en todos los sentidos, no hemos hecho ningún mal uso ni aprovechamiento "ilicito" de la sociedad.
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