¿Puedo crear una comunidad de bienes con mis hijos?

Soy una mujer viuda con dos hijos mayores de edad y todos somos asalariados por cuenta ajena.

Mi marido y yo generamos, con nuestro trabajo y esfuerzo, un capital inmobiliario de 4 viviendas, una de ellas la adquirí siendo viuda, el resto tengo el 50% de propiedad y el 100 % de usufructo.

Mis hijos viven independientes y cada uno en una de las viviendas, pero siguen a mi nombre, mi intención es dejar a mis hijos la vivienda en la que habitan y ponerla a su nombre. El problema surge porque tengo un hijo que no me da confianza para ese fin, por eso he pensado en hacer una comunidad de bienes. Por otro lado dichas viviendas las declaro yo en la renta y me generan un gasto que es de todos.

Mi pregunta es: Sería interesante crear, en mi circunstancia, ¿una comunidad de bienes?

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Esto es un tema complejo y la comunidad de bienes, no parece la opción mas interesante para el futuro... Si las viviendas estuvieran alquiladas, si podría ser una buena solución.

Si puede ser una solución crear una Sociedad Limitada mediante la aportación de las viviendas, que alquile las viviendas a sus hijos y en el futuro, sus hijos hereden su porcentaje de participaciones de la sociedad... Así los gastos de alquiler serian deducibles para sus hijos y usted no tendría que pagar por imputación de renta en su IRPF...

Si lo desea, puede encontrar información de nuestros servicios jurídicos en nuestra web.

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Gracias por su respuesta, pero una sociedad limitada no implicaría tener que hacer declaraciones trimestrales, pagar impuestos de sociedades, escritura de la sociedad, capital social, la denominación de la sociedad, el domicilio social, relaciones comerciales, etc...en definitiva una complicación mucho mayor?

Si hay que hacer todo lo que usted dice... pero hacer una comunidad de bienes con también requiere presentar declaraciones de hacienda y ademas luego repercutir en los comuneros ciertos beneficios, con lo que usted seguiría pagando muchos impuestos como ahora... ademas, el objeto de la comunidad seria el alquiler de las viviendas, o no tendría sentido...

Al no haber un cambio de titularidad, no puede evitar que su hijo haga con su porcentaje de la vivienda, lo que el considere... como venderlo... pero es mas complejo vender una participación en una sociedad y ademas los socios tienen derecho de adquisición preferente. Siendo también el piso del que es usted totalmente propietaria, parate de la sociedad, también evitan problemas con el reparto de la posible herencia, y la propia sociedad puede alquilar esta vivienda...

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