Resido en España y soy ciudadano español. Tengo un amigo en Argentina con doble nacionalidad y queremos crear una sociedad de responsabilidad limitada allá aportando ambos capital. ¿Es esto posible?
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Respuesta de osml03
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osml03, Abogado especialista en derecho mercantil y civil con 10 años de...
A ver, dices que quieres crear una sociedad en argentina, tu y un amigo tuyo; ¿Es así?, ¿Y bien cual es el problema? Yo no veo ninguna complicación, me da igual que sea en argentina o en en brasil o en el congo belga.
La duda es si es posible crearla sin desplazarme yo allá y de ser posible como (que documentación habría que aportar para poder escriturar sin hallarme yo presente)
Entiendo que deberías otorgar poderes a estos efectos, no obstante, dado que son distintos estados, y que ademas no pertenecen a la union, habría que ver que clase de poder debes otorgar, y ante quien. Es decir, tal vez aunque lo otorgues ante un Notario español, que sería lo más lógico la embajada argentina en esapña debería hacer algún tipo de apostilla o cotejo a fin de que ese poder sea válido en argentina.
Preguntaré pues a un escribano de allí y a un notario de aquí. Muchas gracias. Otra cuestión. Si la sociedad está constrituida en Argentina, fiscalmente donde cumpliría yo mis obligaciones fiscales sobre los posibles beneficios. No quiero problemas en esos temas. Debo de notificar en algún sitio en España la citada constitución
Mientras que residas en españa al menos seis meses al año con independencia de donde obtengas tus ingresos, debes tributar aquí. De ahí por ejemplo la razón de que muchos deportistas fijen su residencia en otros países.
Entiendo, y perdón por preguntar tanto. Estaría exento de tributar allá. ¿Debo notificar pues que figuro como socio en una sociedad constituida en el extranjero aquí? O sólo cuando yo percibiese los posibles beneficios que diera. Me explico, el impuesto de sociedades obviamente aquí no se haría. Si durante un tiempo (y es que esa es la idea) como ambos socios no tenemos necesidad alguna de los posibles beneficios, la idea es invertir todo lo que se obtenga sin percibir cantidad alguna para hacer crecer ese proyecto lo más rápido posible. Esto es, como persona física yo no tendría ingreso alguno. Obviamente cuando comenzase a percibir beneficios, mis ingresos aumentarían, tributaría sobre ellos y debo de justificar de dónde salen pero dónde y cuando, cuando la constituya ... cuando perciba el primer euro de beneficio ... ¿cuándo declare ese primer euro? Gracias de antemano por todo, me estás ahorrando muchas vueltas preguntando no sabiendo muy bien a quién y con tus informaciones al menos sé por donde empezar
Lo siento no puedo responder ya a esta ultima pregunta no soy esopecialista en fiscalidad y la verdad las cuestiones que me haces superan mis conocimientos en esa materia.