Paga extra de diciembre

Buenas tardes:
Tengo un contrato temporal de 6 meses (eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo) desde el 8 de julio al 7 de enero, nos dan tres pagas extraordinarias, una en marzo que nos la prorratean, otra en junio y otra en diciembre, ¿mi sueldo base bruto son unos 800? Al mes, ¿pero al cobrar la paga extra de diciembre me han pagado solo 300?, cuando he ido a reclamar me indican que es por mi tipo de contrato y porque solo me corresponde eso por el tiempo que llevo trabajando (unos 5 meses), ¿es cierto esto o me corresponde la paga extra completa?
Gracias
Respuesta
1
El periodo de generación del derecho a las pagas extras ordinadias (junio y diciembre) es para la primera de noviembre a mayo y de la segunda de junio a noviembre. Bien, para la paga extra de diciembre tu has trabajado casi 5 meses de los 6 del cálculo por lo que si tu sueldo bruto es de 800 euros, te debería corresponder en torno a los 650 euros. Esto es así salvo que en convenio colectivo se fije lo contrario (que es bastante posible si tenemos en cuenta que tienes derecho a una paga de marzo).
Por otra parte también puede influir que los conceptos de tu nómina no sean "cobrables" en la paga extra, como pueden ser las dietas, puntualidad, productividad, etc.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas