Trabajo en una empresa en la que el año pasado me tocó viajar aproximadamente un 10% del tiempo. Y todo viajes al extranjero. En mi empresa no se pagan dietas por viaje, es decir, se viaja sólo a gastos. Me gustaría que me indicarais dónde puedo encontrar documentación sobre dietas por viajes. Por otro lado me tocó estar de viaje durante días festivos en España y he perdido esos días. ¿Qué puedo hacer al respecto? Es que menudo chollo tienen: no te pagan el hecho de estar fuera de tu casa durante varios días y además trabajas más horas y más días que en España.
¿Me ampara la ley si me niego a viajar?
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Respuesta de eduacere
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eduacere, Economista con veinte años de experiencia
Por supuesto que le ampara la Ley Laboral vigente, pero no para negarse a viajar, puesto que de forma tácita lo ha aceptado como parte necesaria del puesto que ocupa. Otra cosa es la compensación económica establecida o remuneración por dietas y desplazamientos. Al respecto existen unos baremos que todos los Convenios Colectivos contemplan. En primer lugar por tanto consulte su convenio o dígame el sector y provincia y se lo miro. "Salir" a gastos justificados, desde luego que es un "chollo"., pero puede serlo para ambos, dado que usted se puede alojar en el Ritz de cualquier ciudad que le envíen y almorzar o cenar en restaurantes de cinco tenedores de Londres por ejemplo, presentando así un justificante con derecho a ser abonado pero de escalofriante cantidad sin duda. Lo que le digo no es más que aprovecharse del criterio de retribución por desplazamientos que al parecer emplea su empresa. Si lo hace, seguro que buscan las tablas del convenio y pasan a pagarle como es debido los desplazamientos. Y aquí es usted quien con ese mínimo que le pagan previemente establecido gastará lo que considere. Personalmente conozco un caso cercano: Tengo un familiar que viaja por una empresa que construye la estructura metálica de los Hipermercados de origen francés "AlCampo" y ha estado en varios países. Le aseguro que ha ganado cinco veces su sueldo en cada periodo de estancia en el extranjero. Mire pues el Convenio y exija los importes que establece por día en despalazamientos al extranjero. Con respecto a encontrarse en determinadas fiestas en pleno viaje de trabajo, la retribución legal de la dieta ya contempla este hecho. No obstante la Ley le otroga la posibilidad de rescindir su relación laboral con todos los derechos de un despido objetivo. Siempre y cuando no conste en su contrato de forma expresa que el ejercicio de su profesión o puesto conlleva de forma innerente esta circunstancia de viajar de forma esporádica e incluso permanente. Es decir, que firmara su consentimiento al ser contratado o que su puesto en sí, se demuestre que no es posible de desarrollar sin este requisito. Pongamos como ejemplo que le contratan como técnico de puesta en marcha o mantenimiento de unas máquinas exportadas de forma regular a la India, es evidente que usted firma el consentimiento de residir allí o viajar de forma esporádica al menos. En conclusión: Revise el Convenio del sector y Comunidad y Provincia e incluso de empresa al que pertenezca y busque el apartado referente a desplazamientos, aún así mire sobre todo el apartado que todos incluyen al respecto de dietas, ya sean nacionales o internacionales. Creo es el primer paso que debe dar. Después compare las facturas pasadas a "Caja" con las retribuciones establecidas y el coste real que le puede suponer el viaje. Luego: Actúe en consecuencia.
Una respuesta muy completa, muchas gracias. En el convenio de mi empresa no hay nada específico respecto a viajes y lamentablemente siempre viajo con el avión y el hotel contratados por la empresa y ni viajo en business ni voy a hoteles de 5 estrellas... con suerte un ibis. Buscaré en laley laboral y en el convenio de mi sector. Un saludo.