¿Cuánto me pueden retener de IRPF?

Trabajo como técnico en un teatro desde diciembre de 2007, mi contrato es hasta el 30 de abril de 2008 y tengo un sueldo bruto de 1600 euros . . Me retienen un 17% porque dicen que así no trendre que declarar a hacienda... Pero no voy ha estar en esa empresa todo el año... ¿y si luego me paso varios mese sin trabajar? ¿Puedo exigir que me bajen la retención? El año pasado estuve 4 meses en otro teatro y me dieron a elegir ( pedí un 2%) y no hubo problemas...
Ademas nos han dicho que no nos van a aplicar el subioda del irpf en la nomina porque firmamos los contratos antes del 1 de enero del 2008... Nuestro convenio es de 1998 y solo hacia referencia a la subida de 1999... Pero nos consta que la han estado aplicando desde entonces sin ningún problema...

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¿En qué convenio estás? Me parece imposible lo de que no os aplican la subida del IPC. Yo hablaría con un abogado.
Bueno si no vas a estar todo el año no te corresponderá pagar ni en broma el 17%. Así que puedes exigir que te lo bajen... El cálculo lo hace automáticamente el ordenador así que no creo que pongan problemas. Otra cosa. Si tienes un segundo pagador, diferente, entonces casi seguro que tendrás que hacer la declaración y eso arreglará lo de las retenciones.
El problema está en que si no estás en la cantidad para declarar hacienda y te han retenido de menos de irpf entonces a la empresa le mandan una postal de hacienda en forma de multa.
¿En qué convenio estás?
Te dejo una página donde están todos y es gratis. Míralo a ver, que yo no me lo creo que no haya tabla salarial desde el 99, es prácticamente imposible.
http://convenios.juridicas.com/search/busqueda_por_sector2.php?pag=1&grupo=2700&ambito=4&ca=87&prov=03&codbus=0300375
Perdón, quería decir "LA SUBIDA DEL IPC" ... Ademas, añadir que no tengo hijos y que me desgrabo un alquiler de 1000 euros ... Lo más que he pagado a Hacienda son 600 euros... GRACIAS.. ESPERO QUE ME PODÁIS AYUDAR..
Los contratos se firman bajo el "CONVENIO COLECTIVO PERSONAL DE LOCALES DE TEATRO" y en mi caso corresponde la sección de electricista ( con categoría de oficial) ... desde que hice la consulta hasta ahora he tenido otra desagradable sorpresa: empecé a trabajar el día 19 de noviembre del 2007 y a los pocos días me puse de baja ( durante 10 días) perfectamente justificada con todo tipo de informes médicos... al darme la nomina de ese mes me descontaron la baja ( los 3 primeros días no me pagaron nada y el 60% el resto...) y luego me entero de que según el convenio me deben pagar la baja desde el 1º día.. (por lo menos según lo entiendo yo al leerlo ) y ademas se da el caso de que unos días antes un compañero reclamo lo mismo y a el, si se lo abonaron ... a mi me dicen que no están obligados y que a el le hicieron un favor... ¿es posible? Por cierto no encontré el convenio en la página que me dejaste, pero si en "boletinesoficiales.es"... MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA ... ESPERO QUE PUEDAS AYUDARME.
He revisado el convenio y sí, te tienen que pagar. Es ley, no es opinable. Te tienen que pagar por enfermedad común o por accidente o por lo que sea que curses baja desde el primer día. Vamos no hay vuelta de hoja. Te corresponden esos dineros y hasta dentro de 12 meses los puedes reclamar.
Y tu convenio es muy difícil de encontrar.
Una cosa buena sí tiene tu empresa, ya que los salarios están bastante mejorados ya que aplicando las subidas del irpf y con las pagas extras prorrateadas no salen 1600 euros. De todas formas, lo de la baja es así. Te tienen que pagar desde el primer día.
Muchas gracias por tu ayuda, finalm, ente conseguí que me bajasen la retención del irpf y aun le estamos dando vueltas al tema de la baja, pero creo que finalmente se arreglara... MUCHAS GRACIAS POR TU ESFUERZO, y perdona por el retraso en finalizar esta consulta.

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