Vacaciones y liquidación
Si has tomado la mayoría de las vacaciones correspondientes a un año (x ejemplo 3 semanas) pero dejas la empresa digamos en marzo.
Los días que superan el periodo que te correspondería ¿se descuentan de la liquidación? ¿No se tienen en cuenta al igual que cuando termina un año y pierdes las vacaciones que no has cogido? O se procede de un modo diferente.
Y en el caso de que se descuente de la liquidación, ¿puede darse el caso de que esta termine siendo negativa? O sea, que termines tú debiéndole dinero a la empresa (se que es complicado, pero podría pasar si decides irte a primero de mes).
Los días que superan el periodo que te correspondería ¿se descuentan de la liquidación? ¿No se tienen en cuenta al igual que cuando termina un año y pierdes las vacaciones que no has cogido? O se procede de un modo diferente.
Y en el caso de que se descuente de la liquidación, ¿puede darse el caso de que esta termine siendo negativa? O sea, que termines tú debiéndole dinero a la empresa (se que es complicado, pero podría pasar si decides irte a primero de mes).
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Respuesta de tahon
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