Boda en vacaciones

Me llamo Pilar y me gustaría saber si pierdo los días que me corresponden por casarme al hacerlo en el mes de Agosto que estoy de vacaciones, o bien me los puedo coger seguidos cuando termine, (en septiembre).

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El Estatuto de los trabajadores (articulo 37.3) establece que los 15 días de matrimonio han de disfrutarse en el momento de la celebración y son 15 días naturales e inimterrumpidos desde el mismo día de la boda. Sin embargo hay una sentenca del Tribunal Superior de Justicia de Octubre del 1996 que permite que mediante pacto conjunto entre empresa y comité se puedan acumular esos 15 días tras el periodo de vacaciones.
Habla con tu empresa y a ver si ellos quieren esa posibilidad. En caso de que tedigan que no, las perderías

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