Absorción y compensación salarial
Hola,
Pertenezco al convenio colectivo de oficinas y despachos de Cataluña, y en el artículo 7 dice textualmente:
Art. 7. Compensación y absorción. Los salarios fijados en el anexo 1 y 2 de este Convenio serán compensables y absorbibles en su totalidad y en su cómputo anual por las retribuciones que estén fijadas en las empresas incluidas en su ámbito.
Si mi salario anual es superior al que marca el convenio debido a un plus personal, ¿me pueden bajar el plus y compensar esta subida debido a este artículo del convenio?
Gracias.
Pertenezco al convenio colectivo de oficinas y despachos de Cataluña, y en el artículo 7 dice textualmente:
Art. 7. Compensación y absorción. Los salarios fijados en el anexo 1 y 2 de este Convenio serán compensables y absorbibles en su totalidad y en su cómputo anual por las retribuciones que estén fijadas en las empresas incluidas en su ámbito.
Si mi salario anual es superior al que marca el convenio debido a un plus personal, ¿me pueden bajar el plus y compensar esta subida debido a este artículo del convenio?
Gracias.
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Respuesta de agarfer
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