Finalización de contrato

Hola, me gustaría hacer una consulta que es la siguiente: en mi empresa van ha hacer un ERE temporal de 6 meses de 25 personas (teniendo en cuenta que tiene unas 800 no es excesivo), y mi jefa se ha equivocado y me ha echado a mi también, la cuestión es que mi contrato es de fin de obra (además está especificado la obra que es) pero la obra continúa y se puede demostrar. ¿Eso es despido improcedente no? ¿Cómo puedo saber las condiciones que me tienen que dar por rescisión de contrato teniendo en cuenta que llevo un año y tres meses siendo mi convenio el químico? Muchas gracias por todo de antemano ya que hacéis una gran labor ayudando a la gente como yo que estamos desorientados en momentos difíciles.

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¿Se trata de un ERE de suspensión temporal o de extinción?.
La aplicación de los ERE también pueden incluir los contratos temporales (aunque la obra no se haya finalizado).
Respecto a las condiciones que te correspondan, dependerá de la negociación en el periodo de consultas, y de las que se determinen a la termianción de ERE.
Si es ed extinción será de 20 días por año trabajado, si es de suspensión temporal, en los epriodos en los que se suspenda la relación laboral será de al menos el 70% de la base.

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