Reducción por maternidad

Hola, mi pregunta es trabajo en la alimentación ahora cuando me incorpore con la reducción por maternidad te pueden mandar fuera de tu provincia a trabajar o te tienen que acercar lo máximo a casa
Gracias

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Existen dos posibilidades: traslado (más de 3 meses) o desplazamiento (menos 3 meses durante 12 meses), ambas situaciones se pueden producir porque el art 40 ET no establece ninguna protección al respecto. Se trataría de una medida para la conciliación de la vida familiar y laboral que no se contempla en la ley 39/1999 como si lo hace para permisos, suspensiones del contrato por maternidad etc. Solo tiene preferencia de permanecía ante traslados los representantes sindicales.
Cuando te incorpores al trabajo significa el fin de la suspensión del contrato y por tanto, como trabajadora, si te comunican un traslado tienes el derecho de opción de aceptar o rechazar en 30dias, si rechazas tienes derecho a indemnización de 20 días por año servicio. En todo caso a los 6 meses del traslado tienes la opción de continuar o de reingresar a tu puesto de origen (reserva del puesto de trabajo).
Espero haber sido útil, sino tienes más dudas puntúa la respuesta para finalizar.
Y si se pidiera guarda legl por un menor cambiaría la situación .
Gracias
Disculpa que no contestara antes, pero he estado el finde fuera de casa y no tenia conexión a internet... ya me estoy poniendo al día con todo.
Sobre lo que me dices de la guarda legal entiendo que es para cuidado del hijo, en cuyo caso tendrías derecho a excedencia con reserva del mismo puesto de trabajo durante 1 año y de otro puesto de la misma categoría hasta 3 años. Esto significa una suspensión del contrato, por tanto se mantiene la relación jurídico-laboral y podrías evitar el desplazamiento o traslado y no perder el puesto de trabajo. Luego puedes solicitar también a la TGSS que ese tiempo te cuente como cotizado (prestación no económica por cuidado de hijo). La excedencia te recomiendo la hagas si tienes confianza en la empresa ya que algunas ponen "pegas" y aunque es un derecho puede generar conflicto.
Por otra parte, si quieres volver a suspender el contrato por otros motivos solo lo puedes hacer por los siguientes: - riesgo por lactancia natural, - adopción o acogimiento de menor o discapacitado (similar a pedir maternidad). La situación seria la misma al terminar la prestación. Si necesitas asesoramiento sobre los tramites preguntame
puntúa para finalizar la respuesta (siempre puedes preguntarme cualquier otro tema a mi perfil)

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