Contrato de relevo

Trabajo en una residencia de ancianos y se a prejubilado una compañera que desarrollaba el puesto de camarera. La empresa a contratado otra persona que estaba en paro. En el comverio no figura el puesto de camarera, sino de gerocultora. Ahora a la persona contratada, la quieren hacer de que trabaje como gerocultora cuando a la persona que releva, trabajaba de camarera
Respuesta
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Según el art. 12.7 del ET el contrato de relevo puede concertarse por igual o similar puesto al que venia realizando la prejubilada parcial, entendiéndose por esto que ambos puestos deben ser del mismo grupo o categoría profesional recogida en el convenio colectivo de aplicación a tu empresa. Necesito saber su provincia para conocer si se aplica correctamente el convenio. Debe tener en cuenta que muchos convenios establecen una escala profesional reducida y en función de el nivel profesional o académico, así quizás, camarera y gerocultora se pueden encontrar en misma categoría aunque con distinto nivel, en su caso.
Recuerdo que debe puntuar para finalizar sino tiene más dudas

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