Salarios en cto. De relevo cuando el relevista cesa

Buenas a todos.
Si un contratado como relevista (al 85%) cesa en la empresa en julio, y ese año natural venía trabajando a jornada completa: ¿Tiene derecho al salario correspondiente al 15% de horas de más que ha trabajado hasta esa fecha? La empresa le impuso que de enero a octubre trabajaría a jornada completa, cobrando el 85% del salario, y que en noviembre y diciembre compensaría con descanso remunerado igualmente, es decir al 85%, las horas realizadas hasta entonces.
Está claro que la empresa ha impuesto al trabajador la opción que más la beneficia, -dentro de todas las posibilidades equilibrar el contrato dentro del año natural como impone la ley-, ya que siempre será el trabajador el que le reclame a ella y no al revés.
Muchas gracias. Espero vuestra ayuda con este problema.
Respuesta
Si porque el 85 % es un mínimo por el trabajador relevado.
Sí es un mínimo, pero lo pactado era el 85%, sin pacto de horas complementarias, y el trabajador se fue libremente...
No me has aclarado mucho, pero gracias por molestarte en leer mi duda.

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