Fiestas locales
Una pregunta que lo mismo es muy sencilla: una empresa ¿puede cambiar el disfrute de sus fiestas locales manteniendo los 14 días de fiestas totales al año? Es decir, una empresa que esté por ejemplo en Coslada, ¿puede celebrar las fiestas locales de Madrid en lugar de las de Coslada porque faciliten el servicio a sus clientes? Supongo que habría que hacer un comunicado a principios de año informando a los trabajadores del cambio, pero me gustaría saber si se puede hacer o tienen que disfrutar obligatoriamente las fiestas de su localidad.
Respuesta de manualbe
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