División de un día libre en horas sueltas
En la empresa en la que trabajo tenemos un calendario laboral pactado con el Comité de Empresa cada año. Aparte de las vacaciones marcadas en el calendario, este año tenemos 2 días y 6 horas de ajuste de calendario que los trabajadores podemos escoger previo aviso a nuestro jefe para realizar en el momento que queramos. Para realizar determinadas gestiones a mi me conviene que esos 2 días y 6 horas sean 22 horas sueltas para poder cogerme algunas tardes libres sin necesidad de coger un día entero e "invertir" de golpe las 8 horas pero la empresa me dice que estoy obligada a coger el día entero y que no puedo dividirlo. ¿Es eso correcto?
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Respuesta de manualbe
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