Tiempo parcial, vacante, categoría, etc.

Trabajo en una cadena de tiendas de ropa en barcelona. El caso es que llevo en esta empresa desde hace 4 años a tiempo parcial, antes eran 12 horas y desde hace un tiempo 14 horas a la semana. Sigo manteniendo la misma categoría con la que entré, ayudante de segunda, pero yo hago de todo; vendo, cobro, llamo al almacén, cierro y abro la tienda, cuadro la caja... ¿Esto es normal? ¿Me pertenece un ascenso de categoría? Según el convenio, al año de ser ayudante de 2ª pasas a ser ayudante de 1ª y a los dos años de esto, vendedor de 2ª. Pero, ¿se aplica igual para contratos a tiempo parcial? ¿Da igual que sea un año a tiempo completo que parcial para aplicar esto?
Luego, otro tema, es que quiero ponerme a tiempo completo, y resulta, que ahora mismo hay una vacante a tiempo completo en mi tienda ya que han despedido a un compañero, pues bien, me acaban de comentar que le van a dar la vacante a un chico nuevo que acaba de llegar, el cual está de refuerzo. ¿Legalmente no me pertenece a mí esa vacante al llevar más de tres años?
http://www10.gencat.net/treball_cnc/AppJava/fitxers/upload/catala/08012210/Comerc_Textil.pdf
Este es mi convenio, en el cual pone:
"Los trabajadores a tiempo parcial que hubieran prestado servicios como tales en la empresa durante un período de tres o
más años, tendrán preferencia para la cobertura de aquellas vacantes a tiempo completo correspondientes a su mismo
grupo profesional o categoría equivalente que existan en la empresa. A tal efecto las empresas deberán informar a sus
trabajadores sobre las vacantes que pudieren existir"
Pero la duda me entra con el tema de que pone "grupo profesional o categoría equivalente" y como yo llevo desde que entré siendo ayudante de 2ª, ¿podrían no dármelo por este motivo aunque las funciones a realizar sean idénticas? Y en caso de que me perteneciese ya esa categoría (¿vendedor de 2ª) podría reclamarlo legítimamente?
Resumiendo:
- ¿Qué categoría debería ser teniendo en cuenta que llevo 4 años a tiempo parcial?
- ¿La vacante me pertenece? Si es así, ¿Cómo la puedo reclamar?

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Respuesta
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1.- Se te tendría que cambiar la categoría. No es distinto por tener contrato parcial. Incluso puedes reclamar el dinero de diferencia entre una categoría y otra mediante una demanda de reclamación de cantidad.
2.- Si tienes otro grupo profesional, entiendo que no puedes acceder, tal y como dice en el convenio.
Un saludo
Visita mi Blog: http://pregunta-laboral.blogspot.com
¿No tengo el mismo grupo profesional? Todo esto esta englobado en el grupo 1 que es donde están los vendedores.
Hay novedades, me puse en contacto con la empresa y me dijeron que esto no aparecía en el convenio y me respondieron lo siguiente:
"Hemos mirado el convenio y consultado con la gestoría.
Es cierto lo que comentas, también si sigues leyendo más abajo, habla de la ley de igualdad, obligatoria en las empresas de más de 250 trabajadores, que no es nuestro caso."
Volví a contestarles diciendo que se estaban confundiendo, que el artículo 40 habla sobre un plan de igualdad si la empresa tiene más de 250 trabajadores, pero, que eso en ningún momento les eximia de cumplir el artículo 39. (Quieren darle el puesto al nuevo porque es un chico y no una chica...)
Y hoy, me han contestado lo siguiente:
"Acabo de hablar con la gestoría y el convenio habla de preferencia, no de obligación"
¿Preferencia no significa que si yo quiero optar al puesto es mío?
Grupo profesional y categoría suelen ser lo mismo, pero bueno, la verdad es que tienes razón, hay convenio que no es como digo yo.
Por supuesto que te lo tendrían que ofrecer a ti primero.
Puedes demandarlos por no hacer caso del convenio.

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