Atrasos de horas y dietas
Buenos días, quisiera saber si la empresa tiene obligación de pagar atrasos de las horas extras y las dietas.
Por un lado, en el convenio de la construcción, pone que la subida afecta sólo a los conceptos salariales, entonces no tendrían que pagarse, pero por otro lado, pone que las tablas (donde están las horas y dietas con el incremento ya añadido) se aplican desde el 01.01.02. Por lo tanto ¿se tiene que pagar, o no? Si es así, ¿Se puede reclamar los justificantes de las dietas si en su momento (durante el año) no se pidieron?
Muchas gracias, espero que entendáis la pregunta.
Milta
Por un lado, en el convenio de la construcción, pone que la subida afecta sólo a los conceptos salariales, entonces no tendrían que pagarse, pero por otro lado, pone que las tablas (donde están las horas y dietas con el incremento ya añadido) se aplican desde el 01.01.02. Por lo tanto ¿se tiene que pagar, o no? Si es así, ¿Se puede reclamar los justificantes de las dietas si en su momento (durante el año) no se pidieron?
Muchas gracias, espero que entendáis la pregunta.
Milta
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Respuesta de maen
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