Base de cotización nomina

Mi duda es la siguiente;
Trabajo para una empresa que dependen de la administración pública, recientemente hemos cambiado de empresa (nuestro lote salió a concurso y los cambios se hicieron oficiales el 1 de septiembre). Resulta que la empresa anterior perdió el concurso y ahora estoy en otra nueva empresa subrogado. Hasta ahí, todo perfecto...
La cuestión, es que yo pedí mis vacaciones en Enero sin tener en cuenta todo esto de cambios de empresa, lógicamente, yo no sabía que esto iba a ocurrir. (Las 2 empresas separaron sus obligaciones con los trabajadores, y aquí es cuando surge mi problema).
Del 1 de Enero al 1 de Septiembre, disfrute de 11 días de vacaciones con la empresa (llámese A) cuando por su parte proporcional (del 1 Enero al 31 Agosto) tenía que haber disfrutado con ella 23 días. Y con la empresa (llámese B) disfrute 24 días de vacaciones cuando por su parte proporcional (del 1 Septiembre a 31 Diciembre) tenía que haber disfrutado 12 días. En total del año tenia 35 días de vacaciones.
La (empresa A), para "liquidarme" con su parte antes de irse, me compenso económicamente esos 12 días de vacaciones que me correspondían, de este modo, del 1 de septiembre al 12 de septiembre (12 días) estuve dado de alta en la seguridad social en 2 lugares diferentes. Por un lado, de vacaciones no disfrutadas y por otro lado en mi nueva empresa ya que hasta el mes de Diciembre yo no cogí las vacaciones realmente.
La cuestión, es que (la empresa B) liquido su parte proporcional de las vacaciones con el personal en la nómina de Diciembre y como yo cogí casi todas las vacaciones en este último mes del año (8 días en octubre y 16 en Diciembre) pues en la nómina de Diciembre se me ha quedado una base de cotización pequeñísima. En Diciembre me descontaron los 12 días de la base de cotización que cobre de la empresa anterior en Septiembre (Lo entiendo, ya que hay que regular las vacaciones que me abonaron y cotice en Septiembre.)
Cuál es mi problema: Pues que en Enero de este año me cogí la Baja por incapacidad temporal y como se tiene en cuenta la base de cotización del mes anterior para las bases de la Baja (Diciembre en este caso), se me ha quedado una baja muy inferior a la que me hubiera quedado si no hubiera habido todos estos problemas de cambios de empresas, ya que mi base de cotización en los 12 meses del año hubiera sido la misma si hubiera continuado con mi antigua empresa y no habría habido estas particiones en las cotizaciones con mis vacaciones.(Por cambio de empresa)
Puedo hacer algo al respecto para que la base de vacaciones abonada por la (empresa A) y que realmente yo esas vacaciones disfrute en Diciembre y no en Septiembre (cuando me abonaron y cotizaron en la seguridad social), se puede hacer algo para incluir esa cotización en el mes de Diciembre en lugar del mes de Septiembre, ¿ya qué realmente fue así como disfrute esas vacaciones? A la hora de subrogarse, el trabajador no debería de notar perjuicio alguno (eso dicen...), pero a mí me repercute todo esto de lleno estando de baja como estoy y con la base de cotización que se me quedo en Diciembre.

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Respecto de su consulta comentarle que la única manera de modificar la base de cotización del mes anterior es mediante una solicitud de rectificación de informe de bases de cotización, le comento que no es tan fácil, pues deberá usted comentárselo a su empresa y esta es muy difícil que acceda.

Ademas dicha rectificación podría traer problemas con la TGSS debido a que su actual situación con la baja por I.T no ayuda, dado que rectificar las bases de cotización para aumentar una prestación de la seguridad social que ya se esta cobrando puede ser considerado efectuada en fraude de ley.

Un saludo.

La empresa no quiere rectificar (como es lógico por su parte) , por lo que quiero denunciarlo vía judicial. Lo único, quiero saber si tengo posibilidades de ganar dicho juicio con mi caso o de si no tengo ninguna posibilidad dado la complejidad del caso. Usted como experto que opina? Como dato, decirle que no tengo miedo a futuras represalias que pueda tomar la empresa.

Un saludo y gracias por sus respuestas

Lo primero de todo perdón por el retraso, pero esta semana se ha complicado mucho en cuestiones laborales.
Como bien dice sin miedo a represalias por parte de empresa y con todo el convencimiento tiene usted una muy buena actitud y ojala muchos tomasen su ejemplo porque podrían cambiar muchas cosas.
Al hilo de la pregunta yo no lo veo nada claro debido a que usted sí que disfruto sus vacaciones y además se trata de temas en los que seguramente el juez derive a la Inspección de trabajo para que verifique si la empresa cotizo bien el mes de diciembre.
Un saludo.

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Tienes un buen lio pero no ocasionado por la subrogación, sino por la mala gestión de la empresa “B”, a saber; 1º No te tendría que haber dado vacaciones que tú ya has disfrutado con A (físicamente o mediante compensación), ten en cuenta que las vacaciones, sólo, se pueden compensar con dinero en los contratos temporales cuando no se hayan podido realizar, en nómina no se pueden pagar vacaciones, si se hace debe ponerse otro plus. También tú podías haber indicado que sólo te correspondían 12 días. 2º Fallo, en la gestión del pago tú esos días (12), los cobraste con lo que ya están cotizados en las bases de Septiembre, si los días los realizaste en Diciembre, no te los abonaron, la base de cotización sería a normal a tu salario, el problema es que la empresa se da cuenta que has disfrutado unas vacaciones que te pago la otra, y procede a descontar esos días, pero mal, ya que sólo debían descontarte salario, sin que afectará a la Base de cotización de ese mes, ya que tú esos días los habías cotizado en Septiembre, si en Diciembre te los quitan de la base, primero los pagas y luego te los quitan, total los tienes pero sin cotizar por ellos en tu vida laboral. 3º Tiene muy mala solución, ya que es difícil de explicar, máxime cuando son ellos los que han cometido el error, precisamente por no pensar y no saber como descontar dinero en nómina sin que afecte a las bases, la solución pasa por modificar todos los boletines desde Diciembre hasta hoy, si sigues de baja, como si se tratase de un cálculo de atrasos, con ello podrían modificar tu base de IT., pero dudo que lo hagan por ser un lío tremendo, ten en cuenta que encima la empresa se ha descontado de esos boletines de cotización desde Diciembre, la parte que te esta abonando por la IT., cada mes.
No se si me he explicado con claridad por se un tema complicado el sistema de cotización y las limitaciones que tiene, a la empresa házselo saber, la única forma que se me ocurre es la siguiente; He realizado 12 días de más de vacaciones, con lo que os los debo, cuando me descontasteis esos días, sólo, debían de haber sido, en el programa de nóminas, un concepto que no afectara a la cotización, ya que de lo contrarío me habéis quitado 12 días de cotización mensual que yo los trabaje, aunque estuviera de vacaciones, ya que éstos son igual que los trabajados a todos los efectos, con lo que me habéis causado un perjuicio, en cuanto a mi pensión de IT, y en cima esos 12 días habéis anulado su cotización, en mi vida laboral, suerte.

Ya he intentado solucionarlo con la empresa "B" pero se niegan a modificarme nada (como es lógico por su parte). Yo tengo claro que quiero denunciarlo vía judicial, lo único, quiero saber si tengo posibilidades de ganarlo en el juzgado o por el contrario es absurdo que acuda a los tribunales ya que no tengo nada que hacer.
Por cierto, la empresa "B" si me quito 12 días de cotización en el mes de Diciembre para dicha nómina de ese mes (Diciembre) y para tener en cuenta esa base de cotización (Diciembre) en mi IT a partir de Enero del año siguiente. Pero lo curioso, es que no han anulado esos 12 días que me descuentan en la base de Diciembre en mi vida laboral (lo he pedido en la seguridad social y en ese año he cotizado 365+12), apareciendo que en mi vida laboral he estado 12 días en 2 situaciones diferentes, trabajando y de vacaciones.
Como experto en esta materia, me recomendarías denunciar? ( como
dato, la cosa con la empresa está fatal asique no hay miedo a futuras
represalias por mi parte....)
Un saludo y gracias de antemano.

No hay problema en aparecer con periodos superpuestos, es muy normal, hay contrataciones que se dan en el periodo de vacaciones, y cotizan por ambas, la cotización te sirve pero en el computo de días los periodos superpuestos sólo se cuentan una vez.

Tal como están las cosas, es imposible vaticinar que pasaría en una reclamación de este estilo, lo que seguro será a largo plazo por ser de cantidad, normalmente un año, según ciudades, tienes que valorar lo que te puede costar y lo que ganaras, la razón es tuya.

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La cuestión es que tu empresa actual te ha descontado mal... efectivamente si tienen que descontarte y afecta a la base de cotización hay que hacerlo bien, esas vacaciones no corresponden a diciembre por lo que NO puedes descontarlas de diciembre.. tienes que descontar la parte proporcional de cada mes... esto por desgracia, administrativamente es un rollo así que a veces se hace esta chapuza... deberían hacer una complementaria donde te quitaran esa cotización del mes que corresponde... aunque el neto sí te lo quiten de la nómina de diciembre... pero al final la cotización de diciembre saldría correcta.

Me temo que esto o lo arregla tu empresa o malo... si denuncias puede demostrarse perfectamente que te han bajado la BCC en exceso! Y les obligarían a realizar esos ajustes correctamente.

Desde luego es mal suerte... habla con ellos, pero no sé si te van a hacer caso... técnicamente tienen que descontarte la cotización en el mes que se produjo su devengo... si son 2.5 días por mes... pues así.. como una paga de atrasos pero en negativo de la cotización de modo que te quitarían de cada mes un pequeño importe correspondiente solo a las vacaciones de ese mes... no todas de golpe del mismo mes.

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Situación complicada y de muy mala suerte porque se te ha juntado todo.

Llégate a la Dirección Provincial de la TGSS y comenta tu caso para que te digan las posibles soluciones que pueda haber en relación a tus cotizaciones.

Un saludo.

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Lo más beneficioso, sería que nos reuniéramos en una Consulta para emitirle Dictamen Jurídico al respecto, y que Usted pudiera ver todos los puntos al respecto, una vez facilitada toda la documentación y fases que me comenta al respecto, si quiere que actuemos y tomemos medidas al respecto no dude en ponerse en contacto conmigo en el 645 198 004; un saludo, seguimos en contacto.

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