Duda sobre la reforma laboral

Buenas tardes.

Tengo entendido que después del tercer contrato, o de 3 años trabajando para una misma empresa, tienen la obligación de hacerte fijo (sea del tipo que sea: indefinido, discontinuo...)

Mi situación es la siguiente:

Llevo trabajando desde 2010 en un hotel. Por temporadas.

En 2010 estuve 6 meses. En 2011 unos 7 meses y medio. Y en 2012 casi 6 meses más.

Todo esto haciendo contrato más prórroga.

Mi duda es la siguiente: ¿Tienen la obligación de llamarme este año?

Me dijo el director que legalmente era fija aunque en el contrato no aparezca nada.

Yo si no lo veo reflejado, pues no me creo nada.

Por eso necesito saber si me tienen que llamar o no.

¡Muchas gracias!

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Te refieres a un contrato fijo discontinuo. Te copio el enlace al ministerio de empleo donde se enumeran las principales características de este tipo de contrato.

http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_4/contenidos/guia_4_11_2.htm

Este contrato debe estar formalizado por escrito y sellado en el INEM, tal y como se especifica en el texto. Hecha un vistazo al articulo 15.8 del estatuto de los trabajadores donde se trata el mismo tema.

Cuando hablas de los 3 años trabajando para una empresa, entiendo que te refieres al numero maximo de contratos y prorrogas que se pueden hacer a un mismo trabajador durante un determinado periodo de tiempo. Hay que mirar el convenio colectivo que tenias, supongo que es de hostelería, pero no se de donde eres, ya que diferencian unos de otros.

Entiendo que si no tienes el contrato fijo descontinuo firmado, la empresa no tiene la obligación de llamarte. Por lo que estas contando, supongo que te han hecho 3 contratos temporales y sus respectivas prorrogas. Mira la clave que pone en tus contratos - si es 300 es un contrato fijo discontinuo, si es un 401 o 402 - es un contrato temporal.

Lo que te puedes plantear es estudiar la situación para reclamarle a al empresa que te reconozca tu derecho de un contrato fijo discontinuo. Hay que ver los contratos que has firmado, el convenio colectivo aplicable, etc. para saber si puedes o no reclamarles.

Espero haber aclarado parte de tus dudas.

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