Carta de sancion

Soy responsable de calidad y riegos laborales en una empresa. Hay otra persona que lleva el tema de producción y personal. Mi duda es la siguiente: en caso de sanción por conducta inapropiada, o por no seguir una instrucción de trabajo ¿quién debe formar la carta?. Imagino que le responsable de personal o el gerente de la empresa.
En caso de una negligencia relacionada con riegos laborales o con temas de calidad, ¿quién debe firmar la posible carta de sanción?,¿El responsable de personal o yo como responsable de riegos laborales?.

Respuesta
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Las cartas de sanción entiendo que se deben firmar por una persona autorizada o con poderes, esto es, el administrador, consejero delegado, o personal de dirección y/o gerencia con poderes notariales para ello, independientemente del cargo que luego tenga dentro de la propia organización de la Empresa. Si la firma cualquier otro empleado sin estas atribuciones (se jefe de producción, responsable de calidad, etc...) y sin poder, deberá firmar por orden de la dirección de la Empresa.

Un saludo.

Juan Carlos Zarcero

www.hhasesores.com

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