Como me despiden?

Mi situación es la siguiente:
Estoy actualmente trabajando en la empresa familiar y para principios de año (febrero) comenzare a trabajar en otra empresa relacionada con mis estudios y diferente a la que estoy ahora. Mi consulta es:
¿Cuál es la mejor manera de despedirme de esta empresa para que en futuras declaraciones de la renta no tenga que pagar?
¿Echarme el 31 de diciembre?
Al echarme, si pido luego todo el dinero del paro para montar un negocio y en febrero comienzo a trabajar en la nueva empresa, ¿qué perjuicios sufriría?

4 respuestas

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Al ser solamente un mes del 2013 aunque tengas dos pagadores, no te subirá el IRPF a no ser que en la nueva empresa ganes una pasta y suponiendo que la ley del IRPF sea igual que la de este año.

Si pides el dinero del paro de golpe y no montas el negocio, tendrás que devolverlo

LA idea mas detallada es la siguiente:

-Llevo dado de alta en la empresa familiar desde el año 2000 hasta 2010 a media jornada y desde 2010 hasta la fecha a jornada completa.

- No tiene nada que ver con mis estudios por lo que estaba buscando algo relacionado, y me ha surgido una oportunidad para iniciar en Febrero de 2013, y un contrato de 3 años.

- Para echarme y cobrar la indemnización por despido y finiquito y esas cosas, ¿cuando seria fiscalmente mejor despedirme? ¿cualquier día de este año? ¿el 31 de diciembre? ¿cualquiera del año próximo?

-Si me despiden el próximo año, constaría como que tengo 3 pagadores no? (la empresa actual, el paro y la empresa para la que entrare en febrero)

- La cuestión es, ¿cuando es mejor realizar mi despido para que fiscalmente no me suponga "una putada a mi" y para tener tiempo suficiente para solicitar el dinero del paro y poder montar mi empresa?.

Muchas gracias por tu respuesta!.

Un saludo

Si le vas a pedir a tu familia indemnización por despido, fiscalmente es prorrateable a los años trabajados y en cuanto al finiquito, al ser a primeros de año, la cantidad no sería significativa.

Si causas baja en la empresa actual y sin pasar por el paro comienzas a trabajar en la otra empresa, solo tendrás dos pagadores.

Lo que no puedes hacer es pedir que te paguen el paro de golpe y empezar a trabajar por cuenta ajena

De la empresa familiar me despedirán para pagarme la indemnización correspondiente y si es a 31 de diciembre el finiquito sera "X".

No puedo montar una empresa y trabajar por cuenta ajena?

Mi idea era montar una sociedad con un compañero en mi provincia y a parte, trabajar para la empresa que me contratara en febrero, que sera en otra provincia.

Puedes ser autónoma y trabajar por cuenta ajena a la vez pero lo que no puedes hacer es cobrar el paro y trabajar

OK.

Pues entonces si puedo solicitar todo el paro para montar mi empresa, montarla y empezar a trabajar una vez este en funcionamiento mi negocio no?

No creo que puedas si no devuelves lo que te han pagado de más. No obstante te aconsejo que hagas la consulta en tu oficina de la SS

Respuesta
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En tu consulta planteas varias preguntas. Para poder darte una respuesta concreta necesitaría mas aclaraciones - a que te refieres con la empresa familiar, de quien es la empresa, en que porcentaje, tu tienes participaciones, quien es el administrador, en que régimen estas, si la empresa es de tus padres convives con ellos.

De todas estas circunstancias depende tu situación y si tienes derecho o no de paro.

No se que es lo que entiendes por no tener que pagar en la renta. Deduzco que tienes nomina y que te están reteniendo. Si la retención que te han practicado durante el año 2012 esta bien calculada, no tiene porque salirte a pagar. A la hora de despedirte,¿te van a indemnizar? De todas formas las indemnizaciones, salvo que superen los topes establecidos por la ley, no tributan en renta.

Sobre capitalizar el paro y luego empezar a trabajar en otra empresa, es una idea imposible.

Para que puedas capitalizar el paro debes presentar un proyecto de negocio y que te lo aprueben. Tienes que montar una sociedad limitada laboral y cumplir con una serie de requisitos. El nuevo trabajo que vas a empezar entiendo que será por cuenta ajena y no tendrá nada que ver con una empresa nueva que quieras montar.

Si tienes mas dudas o quieres ponerte en contacto conmigo, puedes hacerlo a través del correo electrónico - [email protected] o a través de nuestra página en facebook - www.facebook.com/directconsult.es

Buenos días,

antes que nada, agradecerte tu tiempo y tu respuesta.

Te respondo aquí a todas las dudas y te intento aclarar un poco mas mi situación.

a que te refieres con la empresa familiar, de quien es la empresa, en
que porcentaje, tu tienes participaciones, quien es el administrador, en
que régimen estas, si la empresa es de tus padres convives con ellos.

La empresa es de mi padre en un 51% y de una socia externa a nosotros en un 49%.

Yo no tengo participaciones.

Mi padre es el administrador.

Yo estoy con contrato indefinido a jornada completa y un sueldo neto de 1100 €/mes.

No vivo con mis padres desde hace 1 año, vivo con mi novia en mi casa de mi propiedad.

La empresa familiar es de un sector que no tiene nada que ver con los estudios que he realizado. Al terminar mi carrera, me puse al frente de la empresa para ponerla al día y sanear los procesos administrativos con el fin de lograr las certificaciones de Calidad. Ahora que ya esta conseguido ese objetivo y que todo marcha relativamente bien, me he propuesto trabajar de mis estudios, para lo cual tengo una oferta en firme para comenzar en Febrero un proyecto de 3 años.

Cuando me despidan, si me van a indemnizar. He trabajado desde 2000 a 2010 en régimen de media jornada, y desde octubre de 2010 hasta el día que me despidan a régimen de jornada completa.

Lo de pagar a hacienda me refiero, a que como me echaran y me apuntare al paro hasta comenzar en el otro sitio, figurara como que tengo 2 o 3 pagadores en un mismo año y eso para mi no es bueno de cara a pagar a hacienda no? Tendré la empresa familiar, el paro y la nueva empresa cuando empiece con ellos.

La idea principal es esa, y luego lo de montar la empresa.... la intención era con el dinero de mi paro montar una sociedad limitada y poner en marcha mi propio negocio (tengo amigos que trabajan por cuenta ajena y tienen sus empresas a parte) y de ahí mi idea, pero sino se puede hacer... me temo que tendré que olvidarme de ello.

Muchísimas gracias por todo, y espero haya podido aclararles mi situación algo mas.

Un saludo !

Entiendo que en la empresa de tu padre estas incluido en el régimen general de la seguridad social. Si te indemnizan cuando te despiden, ten en cuenta que si no superas los limites que marca la ley, la indemnización no tributa en el IRPF.

Si te despiden con fecha 31-12-12 en el año 2012 vas a tener solo un pagador - la empresa en la que trabajas y como no superas los 22 .000 euros si no te compensa no tendrás obligación de presentar la declaración de la renta.

En el año 2013, tendrás 2 pagadores - el INEM y la nueva empresa en la que vas a trabajar

Si del paro cobras mas de 1.500 euros y de la otra empresa mas de 8.000, tendrás que hacer la declaración de la renta. La cantidad que te salga a pagar depende mucho del sueldo que vas a tener en la nueva empresa y el importe que te retengan.

Montar tu propia empresa lo puedes hacer, pero con tu dinero. No puedes cobrar el paro acumulado y enseguida ponerte a trabajar por cuenta ajena. Si dispones de tiempo para montar tu negocio y posteriormente empezar a trabajar en la nueva empresa lo puedes hacer perfectamente.

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¿Y por qué te iba a tocar pagar? Lo primero si te vas tú es una baja voluntaria, por lo que no tienes derecho a indemnización, si te despiden ellos tienes derecho a indemnización pero mientras no te den más dinero de lo estipulado por la ley (33 días por año), está 100% exenta dicha indemnización... y la liquidación y última nómina está sujeta al mismo IRPF de siempre...

Esto lo podrás hacer en cualquier momento... si tu empresa actual te retiene bien no tienes por qué tener problemas... tendrás que tener cuidado si trabajas para otros que te hagan la retención bien y como si fuera todo el año aunque empieces a mitad de año...

Todo el dinero deberá ser destinado al proyecto, el mismo deberá estar en marcha durante, al menos, 3 años (es decir, no puedes cobrar, abrir un mes y luego cerrar para quedarte el dinero); si el negocio cierra antes de los tres años, deberás devolver el dinero. Por último, si abres el negocio con la ayuda del cobro único y luego te surge una oportunidad de empleo tienes dos posibilidades: mantener ambos trabajos (el propio y el de cuenta ajena, algo compatible) o devolver el dinero (si todavía no han pasado los tres años.

Muchas gracias por tu respuesta.

Será despido, no será baja voluntaria y la indemnización supongo que sea de 20 días por año trabajado.

De nada

Ok, entonces será un despido objetivo para que sean 20 días... si te pagaran más de 20 días... el exceso estaría sujeto a retención y cotización, pero no dichos 20 días.

Cierra la pregunta cuando puedas

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Si pides el paro para montar una empresa y no lo realizas deberás devolverlo

Si te despiden las indecnizaciones por despido no son contributivas

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