Pago de vacaciones

Buenos días, llevo ya un año trabajando en una empresa y en junio me cumple el contrato pero me van a renovar porque tengo que cubrir vacaciones, actualmente trabajo a media jornada, pero cuando mi compañera se va de vacaciones yo doblo turnó y la empresa me lo quiere pagar con días libres. Yo quería saber si puedo exigirles que me las paguen, ya que yo ya tengo mis vacaciones... Y si no me las quieren pagar yo puedo negarme a hacerlo? Qué repercusiones puede tener que no las haga?
Espero haberme explicado.
gracias

1 Respuesta

Respuesta
1

Si la empresa quiere modificar su jornada laboral debe hacerlo mediante el proceso establecido en el art. 41 del Estatuto de los trabajadores, referente a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. En su caso, lo que se modifica es la jornada de trabajo, usted tiene 3 opciones:

- Acepta, hace las horas y se las pagan.

- Acepta y no estando de acuerdo impugna la decisión del empresario ante la jurisdicción correspondiente.

- No acepta, y tiene derecho a extinguir su relación laboral con el empresario con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Lo que no es lógico es que el empresario desee modificarle la jornada y encima no quiera pagarle las horas, usted puede negarse completamente a realizar esas horas de más, aunque su negativa le podría traer otras consecuencias como que finalmente no le renueven.

No se sí tendrá algo que ver pero es una multinacional. Con lo que mi contrato lo lleva el departamento de rrhh de Madrid. Es decir, ellos puede que ni sepan que yo voy a doblar turno... Es mi superiora la que me lo gestiona y en el caso de que yo me negara sería ella la que hablaría con rrhh, debería de llamar yo a rrhh directamente y comentarles que me aumenten la jornada del contrato durante esos días ?

Gracias

No, no tiene nada que ver... Si la empresa opera en España debe regirse a la normativa laboral de española.

Si usted va a doblar turno porqué así se lo exige su superiora es considerado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo puesto que le están modificando su jornada de trabajo (a menos que usted tenga un pacto con la empresa para la realización de horas complementarias).

Si usted trabaja a tiempo parcial no puede realizar horas extras y si quieren que durante un tiempo realice una jornada completa deben modificarle la jornada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas