Reducción del salario base por complementos.
En mi empresa, los delegados de personal nos han comentado que han llegado a un acuerdo con la dirección para modificar la estructura salarial de tal manera que:
Ahora los conceptos que tengo son: salario base, 2 pagas prorrateadas y 2 pagas extras (junio y diciembre), y proponen (o mejor dicho han comunicado que el 1 de setiembre firmaran) que la nueva estructura será: salario base, complemento del puesto de trabajo, complemento específico de nivel, 2 pagas extras (junio y diciembre), y unos complementos que serán "absorbibles y compensables" que son complemento personal, plus compensable y complemento transitorio o temporal, todo ello con el mismo salario que tenemos en la actualidad.
La empresa se rige por el Convenio de Oficinas y Despachos de Cataluña, pero a la vez, como empresa pública para el tema salarial se rige por la Ley de Presupuestos del Estado, eso sí, no somos funcionarios, ni personal laboral.
Me gustaría saber si los delegados de personal pueden firmar este acuerdo (que cambia de forma radical la estructura de mi salario) de forma unilateral, y si este cambio de la estructura salarial puede afectar a desempleo, pensión, bajadas de salario, etc.
Por lo que creo, aunque todo desde mi mayor ignorancia en este tema, creía que el salario base es intocable, mientras que los complementos no, además, por lo que tengo entendido, las pagas extras se basan en salario base, por lo que se verían disminuidas (aunque a final de año cobre lo mismo).
Considero que a la larga (siempre pensando que continuaré trabajando mucho tiempo en la empresa), este cambio me podría perjudicar, ¿es así?. Agradecé encantada su respuesta y consejo.
MR