Seguridad social información

Hace 22 meses cause baja por incapacidad temporal contingencias
comunes, estoces estaba trabajando y dado de alta por la seguridad social
en régimen general, al día siguiente a la baja medica la empresa para la
que trabajaba rescinde mi contrato y pasa a ser la mutua MC, MUTUAL a
hacerse cargo mía en tema económico.
Hace 20 días solicite un
Cambio de contingencia en el cual la seguridad social(EVI) dictamina que
la contingencia que origino la situación de incapacidad temporal tiene
carácter de enfermedad profesional y asimismo determina como responsable
de la misma a la mutua mc. Mutual.
Yo e intentado ponerme en
Contacto con ellos pero no e recibido contestación alguna, e consultado
el tema con un gestor y me a comentado que van a recurrir la sentencia
pero que el tema de atrasos por el cambio de contingencia me los van a
abonar ¿si van a recurrir porque me van a pagar los atrasos? Le
agradecería me diera información sobre este tema pues no lo tengo muy
claro, aparte estoy pendiente de una nueva operación de lo mismo que
causo la baja medica y no se si sera ahora la mutua o el medico asignado
por la seguridad social quien me opere, agradecerle de antemano su
interés y esperar su contestación.

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¿Pero recurrir qué sentencia? ¿Y para qué? No lo acabo de entender... si un juez ha decidido que lo tuyo no es una enfermedad común sino profesional... ¿qué hay que recurrir? Efectivamente lo suyo es que te paguen lo que te deben que es del % que estabas cobrando al 100% de salario... como corresponde a enf o accidente laboral... Hombre otra cosa es que tengas derecho a algún tipo de indemnización y por supuesto de pensión... porque tu empresa tuviera algún seguro para estos temas... todo eso averiguadlo bien!

Por lo demás no entiendo que si el juez ya ha declarado enf. Laboral, el pago de atrasos etc... q

el tema de recurrir es porque la mutua tiene 30 días para recurrir la decisión de la seguridad social equipo de valoraciones de contingencias,el para que no lo se pues imagino que poco podrá aportar la mutua a este caso,pues cuando solicite el cambio de contingencia ya el equipo de valoración pidió a la mutua mi expediente sobre el porque de haberme dado como enfermedad común.

¿tendría derecho aparte de los atrasos derecho a indemnización?se supone que toda vía no es seguro que me pondrán una pensión pues me van a volver a operar de lo mismo que me causo la baja y la verdad es que no hay ninguna garantía de éxito.

Pues hombre... en casos de enfermedad laboral... si NO firmaste los riesgos, no tomaron las medidas necesarias para evitarlo... etc. etc... POR supuesto puedes demandar... es obligación de la empresa tener identificados sus riesgos laborales y darte todos los medios para evitarlo... si no lo hicieron...

A ver... pero la mutua lo que quiere recuerrir es que NO es enf. Profesional ¿no? Es decir no te defienden... lo que no entiendo es por qué TU gestor quiere recurrir.. que eso es lo que te he entendido... lo que pasa es que atrasos etc.. igual no lo cobras hasta el recurso...

Ya... pero llevas mucho de baja... tienes que averiguar si tu empresa tenía seguro de accidentes o de enf. Profesional con alguna empresa de seguros (a veces es obligatorio) que ante la incapacidad permanente o invalidez etc... te daban una indemnización, como con fecha de la enfermedad o accidente eras de la empresa deberías tener derecho a ello...

¿Por otro lado la pensión la tendrás si te dan la incapacidad... no has mirado ni tramitado nada? Porque cuando se te acabe la prestación...

es la mutua la que va a recurrir para defender lo que en su día pusieron como enfermedad común el gestor no es el que quiere recurrir simplemente me a comunicado los pasos que va a seguir la mutua,yo si firme los riesgos laborales,aparte la empresa para la que trabajaba ya no existe aparte que restringieron mi contrato un día después de la baja por incapacidad temporal lo cual ahora a ser posiblemente contingencia profesional deberían cambiar las prestaciones tanto económicas como medicas¿tu que crees?

mi empresa si tenia seguro de accidente pues lo tenia contratado con esta mutua que es la que se encarga de pagarme todos los meses y aparte ahora me han citado para que me vea su equipo medico¿que me puedes decir de todo esto?el tema de prestación hace tres meses pase por la seguridad social y el equipo de valoraciones decidió darme 6 meses mas hasta cumplir 2 años que es lo máximo aparti de los dos años entonces estudiaran la incapacidad permanente,aunque estoy en lista de espera para una nueva operación de lo mismo que me causo la baja y no tengo ninguna garantía de que mejore,puede ser que me den la incapacidad permanente y me pongan una paga de minusbalia.

Desde luego la prestación económica cambia de conting. Común a profesional... en profesionales cobras el 100% de tu salario mientras que por enf común seguro que estabas cobrando menos...

Si te llevan la baja (la mutua) perfectamente pueden citarte para un reconocimiento ya que tendrán que presentar sus pruebas de que no es enf. laboral...

Con lo del seguro me refiero a típico seguro de fallecimiento y accidente,... las mutuas no suelen hacer seguros así... pero míralo bien porque da igual que te dieran de baja al día siguiente, si es enf laboral igual está contemplado un seguro de incapacidad o algo así, si estaba el seguro VIGENTE el día de baja... deberías entrar en él... todo esto debería encargarse tu abogado... pero bueno al final es que la mutua va a pelearse no tener que pagar más dinero y hacerse cargo de las cotizaciones... que hasta ahora iban a cargo de la seg. Social... ahora es una pelea entre médicos... así que... pero te beneficia que sea enf. laboral claro...

Ah ok, entonces estas al tanto del tema de incapacidad perfecto! Pues ahora a esperar... y confío vaya todo bien y no tengan que operarte!

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