Contrato por obra y servicio

Estoy contratado por una empresa de servicios informáticos del convenio de empresas consultoras de planificación.
El contrato por obra y servicio se me hizo en 2006.
Se me contrato para cubrir un puesto de informatico en la administracion publica por un concurso publico adjudicado a mi empresa por un período de 4 años.
En 2010 finaliza ese concurso y se oferta un nuevo concurso público para otros 4 años y vuelve a ganarlo mi empresa, por lo cual hay continuidad en mi puesto de trabajo, realizando las mismas labores.
¿Se puede considerar "obras" distintas al haber finalizado un concurso y haber empezado otro distinto?. ¿Tengo algúna razón legal para pedir a mi empresa el cambio de contrato a indefinido?.

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La cuestión es QUÉ pone en tu contra de obra... si ponía que estaba sujeto a un concurso de la administración pública llamado tal y cual que ya ha terminado y no te cambiaron el objeto del contrato al nuevo proyecto... pues sí, sería indefinido ya que debieron finalizarte la obra del anterior proyecto y hacerte uno nuevo con el nuevo proyecto...
Si han hecho eso, cambiar el motivo de contrato aunque siga siendo por obra... pues sería correcto... lo que no vale es un concurso que ya ha acabado y mantengan el mismo contrato...
¿Mira en tu contrato qué pone en OBJETO DEL CONTRATO... ok? Si pone que estás en el proyecto qeu actualmente estás... sería correcto, si pone otro proyecto o motivo... sería un contrato en fraude de ley que si de buenas no te cambia tu empresa tendrás que exigirlo ante un juez... pero la verdad que no te lo recomiendo hasta que te finalicen el contrato... es decir, si ahora les exiges o denuncias .. te puedes quedar sin trabajo, vale puedes conseguir que te reconozcan indefinido pero tal cual te echan... por lo que si quieres seguir trabajando puedes esperar a que te finalicen el contrato el día que sea... y entonces como te echarán con 8- o 9 o hasta 12 días por año trabajado (en función del año que te finalicen) pues entonces denuncias el contrato en fraude... ¿lo declara un juez indefinido y tendrían que darte 45 días por año... ok? Pero al menos no te arriesgas a que se cabreen antes de tiempo aunque tengas razón ... ¿no?

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