Vuelta al trabajo después de baja por maternidad

Os cuento un poco mi situación me tenía que incorporar al trabajo el día 20 después de mi baja por maternidad. El 19 me llama el jefe de administración que quiere reunirse conmigo y ofrecerme algo.
Al día siguiente me reúno con él y lo que me ofrece es un contrato indefinido en la otra punta de Madrid con un puesto de administrativo. Me explica que las funciones de mi puesto han cambiado que no necesitan ahora alguien con mi perfil.
Me he enterado después por compañeros que mi jefe de departemento no me quiere en su departamento y que lo más seguro que temen una denuncia de mi parte por eso me ofrecen ese contrato indefinido. Si no acepto firmar ese contrato seguiría con mi contrato actual que es por obra y servicio hasta fin de año y no me aseguran después contratarme. El caso es que no sé muy bien cuales son mis derechos y donde puedo pelear.
Estaría dispuesta a coger ese puesto pero claro con una compensación económica.
De alguna forma lo tengo en mi favor o no tengo muchas opciones.

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Si tu contrato es de obra y servicio, no podrá despedirte mientras te ampares, con tu acumulación de lactancia y posterior reducción dejornada por cuidado de hijo, pero si el mismo tiene fecha de finalización, no se considera despido.
Por consiguiente, si te ofrece un contratoindefinido, yo lo cogería, y ahí no hay compensación económica alguna, ya que seria una reconversión de tu contrato inicial a indefinido.
De la otra forma, a final de año, te quedarías en la calle.
El contrato pone hasta "fin de obra". No pone nada de fecha de fin.
Resumiendo:
- Si rechazo la oferta no recupero mi puesto pero me incorporo a otro puesto de trabajo que no es mío. ¿Es eso legal? ¿
- ¿Deberán hacerme un contrato indefinido en el otro puesto?
- ¿No pueden despedirme hasta los 9 meses del bebe? ¿Pueden despedirme después? ¿
- Cuanto contratos por obra y servicio se pueden hacer seguidos, yo ya he firmado 2.
Gracias por contestar mis dudas, mañana me hacen una oferta o no, y quiero estar preparada para defenderme o para saber si tengo que ver el sindicato.
Esa es la fecha. Tienes que saber si en efecto, ha finalizado la obra o servicio para el cual fuiste contratada. Sino, en efecto, seria demandable con indemnización de 45 días por año.
Generalmente los contratos deobra y servicio están en fraude de ley.
Sin lugar a dudas, y si la obra o servicio es de carácter general en la empresa, estarían incumpliendo dicho contrato.
Repito, no pueden despedirte con un contrato indefinido o durante la duración de un contrato eventual.
Por ello y aun sabiendo que no pueden despedirte hasta los 9 meses de tu bebe, el contrato es ley, y si tiene caducidad no incumplen.
Otra cosa es que quieras demandarles por contrato en fraude, y ahí podrías asegurarte una indemnización o un contrato indefinido, por tu situación actual, pero depende de como hayan sido elaborados los mismos.
Y con nuevo contrato te pueden cambiar tranquilamente de puesto de trabajo, que es lo que pretenden.
Piénsalo bien antes de firmar, y acude a tu sindicato con tus contratos, haber si puedes conservar tu puesto actual.
Mañana vete a hablar con tu jefe, miras la oferta, y le dices que debes pensarlo. Lo consultas y luego le contestas, con demanda o con firma de nuevo contrato.
Finaliza y puntúa

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