Temporalidad acumulada de obras y servicios

Mi situación es la siguiente: La empresa A la cual es municipal, externaliza un servicio de educación ambiental, la cual contrata a una empresa B (privada). A su vez esta empresa B, contrata a una empresa C (ETT), para que contrate a dos personas para llevar a cabo el servicio a la empresa pública A.
Esas dos personas ya han acumulado 20 meses con dos contratos por obras y servicio, ya que el servicio dura 10 meses, se paran dos y se vuelve a renovar para 10 meses. Al acogerse a la ley laboral que regula las empresas temporales, la empresa C (ETT), en el próximo contrato pasarían a ser indefinidas, lo cual no es viable para una ett, volver a realizar un contrato de 10 meses ya que tendrían que finiquitar con una indemnización de 45 días por año, teniendo en cuenta la antigüedad de las trabajadoras.
Mi pregunta es: habría la posibilidad de que la empresa B (privada), contratara directamente a las trabajadoras, con contratos de obra y servicio por 10 meses sin que pasaran a ser indefinidos, ya que la empresa A (pública), firma contraato mercantiles de 10 meses por el servicio con la empresa B (Privada).
La única solución que ha dado la empresa B ( privada) es contratar a las dos trabajadoras por 4 meses más, y contratar a dos personas nuevas. ¿No es esto último ilegal? ¿Podrían denunciar las dos trabajadoras iniciales?

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Temporal en fraude con ETT = contrato indefinido con la empresa B y muy posible cesión ilegal de trabajadores a A, con lo que es contrato indefinido con A. Las empresas que digan misa. A quien echen que demande por estos motivos y el juez decidirá. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley.
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Muchas gracias por la rapidez, lo de la cesión ilegal de trabajadores ya lo sabía, ya que me llevé durante tres años trabajando en una empresa que se dedicaba a externalizar servicios.
La empresa que externaliza el servicio está intentando buscar soluciones para que la empresa que contrata siga realizando el servicio con nosotras dos. Pero por lo que he podido observar en el artículo que me has pasado, la empresa que realiza el servicio, también incurre en un fraude de ley si nos contrata directamente por obras y servicios ¿verdad?
Al final, trabajaremos tres meses más, y al cuarto entraran dos nuevas, y como tenemos una buena relación con la empresa que externaliza el servicio, pues no demandaremos ya que no queremos salpicarla. ¿Todo caería sobre la que externaliza? ¿O puede que caiga sobre la que da el servicio, los cuales son nuestros supuestos jefes?
Gracias de nuevo.
Todo caería sobre la empresa para la que realmente trabajáis, que es la que externaliza.

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