He estado de baja por enfermedad común 4 días, y al recibir el sueldo mensual me han descontado 115.65 euros, ¿es eso legal?, si es legal porque me lo ha descontado de lo que me da fuera de nómina
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Respuesta de negrinsa
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negrinsa, Soy Comunity Manager, Graduado Social y Tecnico en Prevención de...
Según la ley general de la seguridad social, en las situaciones de baja por enfermedad común, los tres primeros días NO SE PAGAN. Sólo se paga a partir del cuarto día, por lo que la empresa pagaría del 4º al 15º día, el 60% de la base reguladora diaria(un día al 60%). Y todo ello (derecho al pago) siempre y cuando tengas cotizado un periodo de al menos 180 días anterior a la fecha de baja(periodo de carencia). Por otro lado, te comento que los convenios colectivos mejoran esta situación a través de lo que se denomina complemento por enfermedad o accidente, pero OJO! Esto solo depende del convenio de aplicación. Seria conveniente que le echaras un vistazo a tu convenio de aplicación, el cual viene reflejado en la parte posterior de tu contrato de trabajo y en función del sector en el que te hayes. Y con respecto a lo del pago, no entiendo muy bien lo expuesto al final de la pregunta, pero lo que puedo decirte es lo siguiente: el abono de salario es el que viene reflejado en NOMINA. Todo aquello descontado o abonado fuera del recibo nominal, no es lícito.