Dos epígrafes de iae. Módulos y simplificada

Es una duda sobre autónomo. Mi marido llevaba dado de alta en un epígrafe de iae desde 1997, en estimación directa simplificada. En junio se tenía que dar de alta en otro epígrafe, 722 de transportes, que sí estaba en módulos. Por no perder las ventajas de módulos de éste, y ya que el otro negocio iba mal, se dio de baja en el anterior. Ahora esta solo en 722 como módulos.
Pero ahora tiene una opción de negocio con la actividad anteiror y debe darse de alta. ¿Pierdo la opción de módulos o pueden convivir las dos por sólo este año? (Me daría de baja en dos meses)) Eso es lo que ya me han dicho asesores, pero la duda mayor que tengo es si esta actividad no la consideran compatible pues ya la tenía a principios de año (es decir, me di de baja en mayo, luego de alta en 722 de módulos, y me daría otra vez de alta de la primera))) ¿Serán compartibles y no me quitan módulos?
Incluso, ¿podrían haber sido compatible las dos sin tener que darme de baja de la primera por lo menos durante este año?

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Entiendo que antes de darse de alta en la actividad de transportes ya estaba dado de baja en la anterior, por lo que la actividad de transportes se inicia como una actividad nueva y puede estar en módulos.
En el supuesto de que no se hubiera dado de baja de la otra actividad, en el momento de darse de alta en el epígrafe 722 DESDE EL PRINCICIPIO HUBIERA ESTADO OBLIGADO A CALCULAR EL RENDIMIENTO POR MEDIO DE LA ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA.
- Art. 33 Reglamento del IRPF
Ahora se quiere dar de alta de nuevo en la actividad anterior. No se trataría de una continuación de la actividad dejada sino de una nueva apertura por decirlo así.
A tributar la otra actividad en el régimen de Estimación Directa Simplificada estamos ante una incompatibilidad que, como bien te han dicho, tendrá efecto el año que viene, es decir, este año tu marido calculará el rendimiento de la actividad 722 por módulos pero el que viene tendrá que hacerlo en Estimación Directa Simplificada.
Esto será así aunque no mantenga la otra actividad y se dé de baja de nuevo este mismo año.
Este año tu marido habrá realizado tres actividades diferentes y deberá tributar por ellas por separado, aunque dos de ellas tengan el mismo objeto.
En resumen:
-El año que viene la actividad de transporte estará en Estimación Directa Simplificada
- La nueva actividad no continua la anterior sino que es una nueva (nueva contabilidad, nuevos libros,...)
- De no haberse dado de baja antes del alta en la actividad de transporte este año no hubiera podido estar en módulos.
Pero según me han dicho en hacienda pueden convivir las dos (simplificada y módulos) el primer año de actividad. Si luego me doy de baja de la primer antes de fin de año, puedo seguir con módulos el año que viene. ¿No es cierto?
Lamento el retraso en contestar.
En principio la norma no recoge la posibilidad que planteas. El primer año SÍ permite que convivan las dos modalidades, pero el segundo hay que pasar obligatoriamente a Estimación Directa Simplificada.
Es cierto que el año que viene ya no estará la actividad que tributa en Simplificada pero da igual porque para determinar la forma de tributar de un año se basa siempre en las condiciones del año anterior.
Por lo tanto, si conviven este año las dos actividades, el año que viene tu marido tendrá que tributar en Estimación Directa Simplificada obligatoriamente, aunque para entonces sólo esté dado de alta en la actividad 722.
Necesito que puntúes la respuesta para poder dar cabida a nuevas preguntas de otras personas.
La cuenta está completa y no puedo atender a más gente.

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