Sociedad profesional

A ver si me explico bien sin enrollarme mucho...
MI hermano y yo tenemos una sociedad al 50%. Es gestoría y autoescuela. Con todo el lio de la ley de sociedades profesionales, me encuentro que así estaríamos fuera de la ley porque la profesión de gestor es profesional por ser obligatoria la colegiación. De modo que: 1º sobraría la actividad de autoescuela del objeto social 2º mi hermano debería tener menos capital social porque la única profesional en la sociedad soy yo.
Como ni el punto 1º ni el punto 2º son viables por varios motivos, he pensado en eliminar el objeto social de gestoría y sustituirlo por el de asesoría fiscal laboral contable y tramite de documentos. ¿Cómo lo ves? Como la asesoría no está sujeta a colegiación creo que quedaría fuera del concepto de sociedad profesional.
PERO al revisar la escritura de constitución de la sociedad me encuentro: en la primera página, donde pone: reunidos fulanito y menganita, mayores de edad, con domicilio en... Pues ahí, ya se hace constar que yo soy gestora administrativa colegiada bla bla bla bla.
Sé que cambiar el objeto social de una sociedad es posible, pero eliminar de "mi descripción" la alusión a mi titulación y colegiación ¿es posible? Porque en su momento se puso como una forma de dar seriedad o respaldo al objeto social, pero ahora me temo que si no se puede eliminar el registrador considere que es una sociedad confusa, o que encubra un fraude...
Agradeceré la ayuda u orientación que me puedas prestar, parece que por ser gestoría lo tenga que saber todo, pero mi ámbito de trabajo nunca se ha orientado a sociedades, así que no sé mucho de este ámbito. Y esto creo que es delicado.

2 Respuestas

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En principio, por la lectura de la Ley de Sociedades Profesionales entiendo que lo que deberías cambiar sería únicamente el objeto social, con el fin de poner uno que no sea una actividad profesional.
El cambio que propones en tu descripción personal es complicado puesto que la escritura original va a seguir existiendo con ese dato, siempre, cambies lo que cambies. Por ejemplo, si en el momento de la escritura eras soltera aparecería como tal, si posteriormente cambia tu estado civil no es posible poner en ese punto que eres casada.
Lo que sí puedes es obviar esa descripción en la modificación del objeto social que queréis definir, es decir, ahora tendréis una nueva escritura que señalará el nuevo objeto social en el que dirá que "reunidos fulanito... " en este punto debes no señalar lo de gestora adinistrativa colegiada,...
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Como bien dices la eliminación o cambio de un objeto social de una escritura de constitución societaria es un tramite fácil y en tu caso no seria necesario modificar tu profesión o titulación, pues esta puede ser independiente e incluso contraria a la actividad empresarial, me explico, en la escritura puede identificarse las profesiones de los socios al igual que sus datos personales, si bien eso puede o no tener algo en cuenta con el objeto social de la propia sociedad, es obvio que con la nueva ley deberían ser sociedades no solo independientes, sino con escrituración independientes propias y a su vez con una participación mayoritaria tuya, si continua como gestoría, en cambio si modificáis en objeto social como asesoría, aunque identifique la escritura tu titulación no tiene por que ser ejercida dentro del objeto social de la empresa, si bien en tu alta como empresaria profesional si puedes estar ejerciendo como gestora administrativa.
Son aspectos comunes y por otro lado independientes no debe el registrador poner ningún impedimento a la modificación escritural de cambio en el objeto social, ya que tu admisión en cuanto a la titulación se referirá a tu profesión, no a la de vuestra sociedad.

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