Memoria explicativa para permiso apertura

Mi nombre es Laura. Actualmente estamos tramitando los documentos para solicitar el permiso de apertura en el ayuntamiento, para un taller gráfico (diseño gráfico, fotocopias, publicidad, etc). Mi pregunta es si podrían decirme dónde encontrar algún ejemplo de una memoria explicativa para este objetivo. También me ayudaría (si no existen ejemplos disponibles) conocer los puntos que incluye, hasta el momento sé los siguientes: explicación de la actividad (que desconozco cómo debe enfocarse: una breve descripción o tipo proyecto corto), residuos, seguridad (extintores, etc), aire acondicionado, horario de la tienda, fecha de apertura. ¿Qué puede faltar para completar la memoria?, ¿Cómo enfocarla correctamente?.
Respuesta
1
En la memoria se tiene que justificar toda la normativa que le sea de aplicación a la actividad: Accesibilidad, Contra incendios, CTE...
Además dicha actividad puede que no precise de una memoria... sino de Proyecto técnico por ser calificada ambientalmente.
Dicha memoria debe ir firmada por técnico competente.
Necesitaría una respuesta mucho más concreta, ya describo en la pregunta exactamente los detalles. Puedo aclarar sin embargo que esta memoria no debe ir firmada por el técnico, ni se trata tampoco de un proyecto, la actividad según mi ayuntamiento es inocua: no necesitamos líquidos ni disolventes, ni productos que puedan dañar el entorno, sí hay que detallar en la memoria cómo nos desharemos de los residuos.
Sí me ayuda lo que me comenta de accesibilidad, contra incendios, CTE (desconozco qué es). Me pone usted puntos suspensivos y es justamente esa la información que necesito, además de aclarar el enfoque de la descripción de mi actividad: ha de ser breve, o de varias páginas...
Gracias de nuevo,
Laura
Puedes empezar a justificar los siguientes reglemantos (muchos son de Andalucía, no se cual es tu localidad, tendrás que buscar el equivalente):
· CTE-DB-SI por el que se establecen las reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio
· CTE-DB-HS por el que se establecen las reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de salubridad.
· CTE-DB-SU por el que se establecen las reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad de utilización
· R.D. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
· R.D. 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
· R.D. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsos lumbares, para los trabajadores.
· R.D. 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantalla para los trabajadores.
· DECRETO 293/2009 sobre normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
· Ordenanza reguladora de la Accesibilidad del Municipio
· R.D. 2267/04, de 03/12/04 , Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.
· Ordenanza provincial sobre condiciones de Protección contra Incendios aprobada en el BOP 23/10/09.
·        Real Decreto 1955/2000  de 01/12/2000, ELECTRICIDAD. Regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
· Real Decreto 842/2002  de 02/08/2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. BOE nº 224 18/09/2002.
· Resolución de 05/05/2005, por la que se aprueban las Normas Particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica, Endesa Distribución, SLU, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Entre otras...
Me extraña mucho que aunque sea inocua dejen a cualquier persona no titulada y sin los conocimientos necesarios redactar un documento técnico... pero bueno suerte!
Muchas gracias, ha sido de gran ayuda la información que me ofrece. Puede que tenga razón y una vez redactemos la memoria, la revise un técnico del ayuntamiento, sería lo más lógico... sin embargo la persona que nos informó en el departamento correspondiente, lo explicó de un modo sencillo y práctico... así que imagino que mientras estén los puntos necesarios en la explicación, el técnico lo firmará.
En cualquier caso, le agradezco enormemente la información.
Saludos
Laura

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas