Trabajar con pensión de orfandad e inval.perm.abs.
Saludos soy Daniel, de Barcelona, y tengo 25 años.
Percibo una pensión de orfandad (absoluta) por tener una invalidez permanente absoluta fruto de una larga enfermedad (con 17 años) y sus secuelas físicas, psicológicas.. Etc.
Concretamente tras reclamar al INNS su resolución en una sentencia es:
"Declarar al interesado en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo en el momento del cumplimiento de los 18 años.Reconocer el derecho a continuar percibiendo la pensión de orfandad, en las condiciones que se establecen las normas que regulan las prestaciones de muerte y supervicencia"
Actualmente soy estudiante, pero tengo entendido que podría realizar cualquier actividad laboral, siendo compatible esta, con la percepción de la pensión. ¿Es así?
La resolución es de fecha 17/12/2004, si trabajara, ¿qué probabilidad existiría de que me citasen para revisar el estado de incapacidad? ¿Se efectúa automáticamente si trabajo? Me la pueden revisar de todas maneras, o sin trabajar y sin citar nada en la resolución es poco probable.
Muchas gracias de antemano por su labor.
Percibo una pensión de orfandad (absoluta) por tener una invalidez permanente absoluta fruto de una larga enfermedad (con 17 años) y sus secuelas físicas, psicológicas.. Etc.
Concretamente tras reclamar al INNS su resolución en una sentencia es:
"Declarar al interesado en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo en el momento del cumplimiento de los 18 años.Reconocer el derecho a continuar percibiendo la pensión de orfandad, en las condiciones que se establecen las normas que regulan las prestaciones de muerte y supervicencia"
Actualmente soy estudiante, pero tengo entendido que podría realizar cualquier actividad laboral, siendo compatible esta, con la percepción de la pensión. ¿Es así?
La resolución es de fecha 17/12/2004, si trabajara, ¿qué probabilidad existiría de que me citasen para revisar el estado de incapacidad? ¿Se efectúa automáticamente si trabajo? Me la pueden revisar de todas maneras, o sin trabajar y sin citar nada en la resolución es poco probable.
Muchas gracias de antemano por su labor.
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Respuesta de exseso
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