Tienes que presentar en el inem escritura o justificante de ingresos de esa venta.
Tu importe se dividirá entre 12, y si ese resultado superase los 481.50 se suspendería tu prestación el mes que realizas la venta, y luego lo que se haría es volverte a reanudar la prestación.
Y luego lo que se haría es ver el rendimiento presunto mensual para los demás meses, y ahí se ve si superases los otros meses, si superases se suspendería hasta el 31 de diciembre del añpo de la venta y si no pues nada.
Ejemplo :
Se vende por 180.000 euros el 1 abril del 2013
A ti te corresponde una 6ª parte.
180.000 /6 = 30.000
tus 30.000 euros se dividirán entre 12 meses
30.000 /12 = 2500
2500 superan los 481,05, pues te pararán el subsidio desde el 1 de abril hasta el 30 de abril 2013
Un mes.
Luego se calcula el presunto a ganar.
30.000 euros *4% (interés legal del dinero) = 1200 ANUALES /12 = 100
No te afectarían los demás meses, ya que 100 euros no superan los 481,05
Si te afectasen se suspendería hasta el 31 de diciembre del 2013 y podrías volver a recuperarlo el 1 de enero del 2014.
Además, si te afectase pero presentas que ese dinero lo has gastado se te vuelve a activar antes del 1 de enero del 2014, lo paran así presumiendo que ese dinero lo has invertido en un banco y te esta generando intereses.
De todo modos, tiene que ser una cifra muy elevada par aque te afecte, haz tus cuentas, pero problabemente solo te pases el mes de la venta.
Comunícalo, en caso de no hacerlo se te reclamar desde que has realizado la venta hasta que el inem se entera.