Baja maternal y paro

Estoy embarazada y tengo un contrato por obra y servicio. No me interesa continuar en la empresa, pero quisiera saber si es posible beneficiarme de la baja maternal y del subsidio por desempleo sin que la primera prestación me consuma parte de la segunda. Si esto fuera posible, ¿en qué momento sería conveniente solicitar la baja maternal? Gracias por anticipado.

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Aclaración inicial: para cobrar del INEM (o ahora denominado Servicio Público de Empleo Estatal), es inexcusable no causar baja/cese en la empresa que la contrató voluntariamente. Esto es, en la Tesorería Gral. de la Seg. Social habrá de figurar vd. con cualquier causa de baja/cese a la fecha que sea que no sea "baja voluntaria". Además, se accede a la prestación por desempleo contributiva por tiempo total, si el contrato "401" de obra o serv. Que vd. tenga es por jornada laboral diaria declarada "a tiempo completo". Si fuera un contrato a tiempo parcial, la prestc. Desempl. Se cobra igualmente pero en función de cómo haya sido declarada su jornada laboral en el contrato. El subsidio por desempleo se cobra siempre después de haber agotado una prestc. Desemp. Contributiva (que es la que cotiza a la Seg. Soc. Mientras se está cobrando). El subsidio no cotiza a la S.S. (se la suele llamar coloquialmente "ayuda familiar del INEM").
La prestc. Por maternidad se devenga por la solicitante una vez se haya dado a luz, y conforme a los términos previstos por el INSS, que es quien la gestiona (telef. Gratuito de información 900 166 565). Si está cobrando ahora, antes de dar a luz, lo estará haciendo, entiendo, a través de la prestc. Por riesgo de embarazo y habrá causado vd. en su día baja médica o incapacidad temporal. Por tanto, no está cobrando una baja maternal.
No tiene por qué consumir una de estas prestaciones dependientes del INSS ningún tiempo garantizado previamente por sus prestaciones de servicios como trabajadora por cuenta ajena, a efectos de cobrar del Serv. Publ. De Empleo Estatal de su provincia de residencia. Cobrará cada prestación, entiendo yo, cuando cada una entre adecuadamente en juego. Pregunte sin ningún problema al INSS primero, con una vida laboral expedida por la Tesorería gral. de la S.S. a la vista.

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