Resolución tribunal medico

Quiero exponer mi caso aquí haber si me podéis ayudar. Tuve una lesión en la muñeca en un accidente laboral y tras estar 12 meses de baja me llamaron para pasar por el tribunal medico. He de decir que la lesión que tengo es una pseudoartrosis de estiloide cubital con intervención quirúrgica de fibrocartílago. La fractura no ha consolidado por culpa de la mutua y ahora estoy realmente jodido. He recibido una carta con un sms indicándome que tras agotar el pazo de 365 días de incapacidad temporal me tengo que reincorporar a mi puesto de trabajo. ¿Mi pregunta es si esta carta es la resolución definitiva del tribunal medico o tengo que esperar a otra carta del EVI?.

Respuesta
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En primer lugar lamento su situación. El EVI es el Equipo de Valoración de Incapacidades, que a su vez cuenta con un Tribunal Médico, que pertenece al EVI y es quien valora el estado físico y/o psíquico de los trabajadores. Por tanto y en respuesta a su pregunta, una resolución del Tribunal Médico es una resolución del EVI al fin y al cabo. Por ampliarle un poco la respuesta, señalarle que no obstante lo anterior, siempre se tiene la opción de impugnar ese alta médica si se entiende que no está usted en condiciones a desempeñar en plenas aptitudes su puesto de trabajo. De igual modo que, al tratarse de las lesiones que comenta (y que aparentan ser relativamente permanentes en el tiempo), siempre se tiene la opción de igual modo de que se inste un procedimiento de incapacidad permanente, si reúne los requisitos y si entiende usted que por sus dolencias no puede desempeñar con la suficiente eficacia su profesión habitual y/o ninguna otra.

Estamos a su disposición en nuestra web www.lariosabogados.es donde puede contactarnos sin compromiso.

Perdona si es mucha molestia pero es que todo esto me supera y esteporsque angustiado,la m utua ha propuesto una IPP y no entiendo como me han dado el alta medica sin mas. He impugnado el alta medica pero no me han contestado habiendo pasado los días legales para la contestación, he de entender que se ha impuesto el silencio administrativo no?. No se que hacer por favor ayudenme. Lo único que se es que no me puedo incorporar a mi puesto de trabajo y no es porque no quiera si no porque no puedo desempeñar mis funciones. Gracias y un saludo.

Lo primero es que esté tranquilo.

Si usted ha impugnado el alta médica imagino que lo habrá hecho a través de abogado, de modo que en dicho caso confíe en el compañero, el cual le asesorará correctamente seguro. De no tener aún abogado para este asunto, decirle que el plazo para que le contesten a la impugnación de alta médica es de 7 días (alta médica tiene plazos especiales) y, si no contestan en dicho plazo, el silencio es negativo, de modo que cabe demanda ante el Juzgado en el plazo de 20 días.

Por otro lado, si le han propuesto una IPP y no está usted de acuerdo, tan pronto reciba la resolución, se tiene un plazo de 30 días para interponer la llamada "reclamación previa a la vía jurisdiccional", en cuyo plazo se debe recurrir alegando, por ejemplo, insuficiencia de la IPP y solicitando una IPT o IPA. Para estas cosas es muy conveniente estar asesorado por abogado, ya que no son trámites administrativos sencillos ni en actuaciones ni en plazos.

Quedamos a su entera disposición para que, si lo desea, nos contacte gratuitamente y sin compromiso en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es

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