Como tu marido ya tiene mas de 38 años y 6 meses cotizados a la seguridad social, tu marido puede esperar hasta los 65 años y así cobrar la totalidad de la pensión es decir el 100% de la base reguladora o anticipar la jubilación a los 63 años ya que los trabajadores autónomos no se pueden jubilar antes de esa edad a no ser que durante el transcurso de su vida laboral haya trabajado al menos 5 años en algún régimen de la seguridad social en el que reconociera la jubilación anticipada o si a sido mutualista antes del 1/1/del 67.. Pero si tu marido no reúne las condiciones para jubilarse a los 61 años pero no quiere esperar mas de esa edad porque lo que desea es jubilarse a los 61 años, lo que tendría tendría que hacer es darse de baja en el RETA y trabajar por cuenta ajena y cotizar al SEPE para la cobertura del desempleo con un contrato de al menos tres meses y al finalizar el contrato de trabajo solicitar en el SEPE el subsidio para mayores de 55 años lo que le daría derecho a cobrar el subsidio durante otros 3 meses y después seria el mismo SEPE quien mandaría a tu marido jubilarse porque los perceptores del subsidio para mayores de 55 años que a los 61 años tengan cotizados 33 años tiene que jubilarse obligatoriamente a esa edad.. De todas formas para informarse sobre temas relacionados con la jubilación lo mas aconsejable es acudir a la tesorería provincial del INSS allí se puede obtener toda clase de información respecto a cualquier tipo de prestación de la seguridad social.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..