Ayuda legal sobre multas.

Espero estés muy bien.
Me gustaría que me ayudas en despejar unas dudas que tengo.
¿La primera seria si un policía me puede llevar detenido nada más porque si?, es decir, voy caminando por la calle y me dice súbete a la patrulla, claro que no accedo y pues me sube a la fuerza, es legal eso, ¿si pueden hacer eso?
La otra seria si por una infracción de transito, me pase un semáforo, ¿puede llevarme el policía detenido? Y cuanto es la multa más alta por una infracción de transito.
Y otra seria, ¿por traer los vidrios negros (solo los de atrás) que multa amerita?
Y la ultima es, si el policía me para porque me pase un alto y en realidad no me lo pase, me quiere infraccionar que puedo hacer, es decir como puedo defenderme en ese momento con el policía, o que le puedo decir.
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Me disculpo por la tardanza de la respuesta... las infracciones de transito son diferentes en cada municipio podrías consultar el REGLAMENTO Y BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO de tu municipio para saber si haz cometido alguna infracción, y si estas en mexico... lamentablemente así son los policías de prepotentes y si no les das dinero te maltratan e inventan delitos o infracciones para meterte a la cárcel pero pues podrías filmarlos y así tener las pruebas necesarias para proceder en su contra

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Mis respuestas:
1.- Por supuesto que no. La policía sólo esta facultada para detener a alguien con una orden de aprehensión o descubriendo a alguien en flagrancia, es decir, cometiendo el ilícito, o bien, por medio de la denuncia de alguna persona en contra de usted.
2.- Por una infracción no puede llvarlo detenido a menos que usted se oponga a la infracción, pero sólo pueden decretarle un arresto administrativo que no podría ser mayor a 12 horas. Las infracciones dependen de cada Entidad federativa (no me lo dijo usted), pero pueden variar desde 5 salarios hasta 15 o 20, según la gravedad (una calzada, avenida, calle, eje vial, etc).
3.- Es ilegal usar vidrios obscuros, a menos que se tenga autorización o se sea algún funcionario o persona importante. No sólo es multa, ahí sí pueden detenerle por motivos de seguridad debido a tanta inseguridad que tenemos.
4.- Lamentablemente es su palabra contra la del policía. Si cuenta usted con testigos al alcance, podría aceptar la infracción bajo protesta. Usted tiene derecho a colocar en la infracción a firmar que la acepta bajo protesta y después acudir a la oficina de la tesorería a pagar pronto para que le hagan descuento y después presentar la queja contra el policía, describiendo lo sucedido. Desgraciadamente sólo así saldría pronto del problema.
Si no desea hacer ningún pago, no lo haga, acuda directaenete a quejarse ante la oficina local de policía.
O bien, sólo le restaría negarse y pedir que lo lleven al juzgado cívico para que se aclare todo. Usted puede ir en su propio vehículo, escoltado por la patrulla, hasta el juzgado cívico y ahí aclarar el por qué de no pagar. Normalmente la patrulla ya no insiste después de algunas cuadras, pero no se confíe. Si realmente no se pasó un alto todo saldrá bien.
Hola.. antes que nada gracias por contestarme!
Perdón por no decir de donde escribo, soy de tijuana, estoy por terminar la licenciatura en contaduría publica.
Sus respuestas son muy buenas, solo que todavía tengo algunas dudas, ojala me pueda ayudar a resolverlas, solo por saber en caso de que se me presente el caso.
1. Si voy en mi carro (todo en regla) por alguna calle, avenida por, me para una patrulla sin motivo aparente, ¿la pregunta es a que tengo derechos?, es decir, me pide la licencia, pregunta a que me dedico, etc... entonces me pide que me baje del automóvil, ¿es legal eso?, ¿Me puedo revisar por el cuerpo?, ¿O a que tengo derechos?
2. Usted me pone esto: Por una infracción no puede llvarlo detenido a menos que usted se oponga a la infracción, pero sólo pueden decretarle un arresto administrativo que no podría ser mayor a 12 horas... y más abajo esto:...
Sólo le restaría negarse y pedir que lo lleven al juzgado cívico para que se aclare todo. Usted puede ir en su propio vehículo, escoltado por la patrulla, hasta el juzgado cívico y ahí aclarar el por qué de no pagar.
Es decir.. mi duda es, ¿si me quiere infraccionar y me niego me puede llevar detenido o no? Y en caso de que sea si, ¿si me quiere llevar en la patrulla y dejar el carro ahí es legal eso?
3.Si una patrulla me anuncia que me detenga, me detengo y no tengo el cinturón puesto, ¿es infracción? si es si, ¿De cuánto seria?
4. La ultima pregunta es algo que me dijeron, no se si sea cierto, es más o menos así: si me pase un alto, ademas di vuelta donde no debía, no traía el cinturón puesto, etc.. es decir ahí son 3 infracciones, ¿es cierto que solo se cobra la infracción más alta? ¿O se me cobran las 3? ¿Puede ser detenido por eso?
Gracias.
Saludos!
Mis respuestas:
1.- Es muy incómodo, pero sí, es posible. El policía puede pedirle que muestre su licencia. La ley sólo habla de mostrarle la licencia, no de entregarla. Téngalo en cuenta. Y en efecto, puede pedirle que baje del automóvil. Las revisiones por sí mismas no son legales, pero usted no puede hacer gran cosa porque para que usted invocara una protección necesitaría un amparo, pero hasta que su esfera jurídica no haya sido afectada, usted no puede pedir dicho amparo. Es una laguna y una irregularidad legal, pero lamentablemente es un conflicto con el que se tiene que enfrentar. El aspecto práctico que puedo yo darle es que no oponga resistencia y que el oficial vea que está usted en disposición de cooperar. Ya estando en una situación real y concreta, los policías pocas veces respetan los derechos. Más vale llevar el asunto en paz mientras no tenga usted el modo de defenderse en caso de una arbitrariedad.
2.- No es propiamente una detención. Tiene usted la obligación de acudir con el oficial, en su propio vehículo, a un juzgado cívico si no quiere pagar. No se cometió un delito, sólo una infracción, por eso no lo pueden detener. Si usted se resiste a acompañarlos al juzgado, entonces sí pueden obligarle a dejar el vehículo y subirlo a una patrulla. De lo anterior se desprende que mejor lleve las cosas en paz. Hay muchos policías arbitrarios y como lo ven a uno, lo tratan.
3.- Sí, es infracción. Los reglamentos de tránsito indican eso. En Tijuana desconozco el monto, pero normalmente no podría ser mayor a 10 salarios, sin embargo, al momento de que le levanten la infracción, le deben señalar en la boleta qué artículo o fracción violó usted y con base en eso puede usted saber si el monto es correcto o no. Una vez que acuda a la tesorería a pagar, puede consultar dicha ley para saber si es correcto el monto.
4.- Normalmente se cobran las 3 porque son 3 faltas diferentes y que nada tienen que ver la una con la otra. Aplica la pena más alta en situaciones penales, no de tránsito. No puede ser usted detenido a menos que incurra en los casos que ya le mencioné.
Hola. Gracias por ayudarme, y perdón por ser tan preguntón.
Me gustaría saber en que parte puedo encontrar los artículos donde mencionana lo que usted me comenta o si podría enviármelos.
Y por ultimo tengo otra pregunta, recordando que soy de tijuana, y la pregunta es más o menos así:
Si mi papa es residente de Estados Unidos, el tiene licencia de California, tiene todos sus papeles en regla, entonces el si puede transitar con carros a su nombre y con placas de Estados Unidos aquí sin problemas, pero la pregunta es, al ser yo su hijo puedo transitar en la ciudad con un carro de el, es decir el me regala un carro para mi uso personal pero dicho carro esta a su nombre y tiene placas de USA, puedo transitar en el, ¿es legal eso? Y si una patrulla me detiene por eso, ¿me puede quitar el carro? de ser si, ¿Mi papa puedo ir a recogerlo?
Yo cuento con licencia y toda la documentos y el cuenta con todos los documentos del carro y de ser ciudadano.
Espero me pueda ayudar.
Saludos!
Hola gracias por su respuesta. Me quedo una pequeña duda, la ultima ahora si.
Es decir, ¿no puedo entonces transitar con el carro de mi papa?
En caso de que se importe el automóvil, se legalize, es decir placas mexicanas y todo pero a nombre de mi papa, ¿si lo podre usar yo? ¿Si es si que repercusiones tiene?
¿Es muy alta las mutas o derechos de piso que tiene que pagar para recuperar el carro?
Perdón por tantas preguntas, me intereso en aprender.
Saludos y mil gracias!
No cuento con la legislación específica de Tijuana, pero el reglamento debe encontarrse en tiendas de libros, cerca de los códigos estatales. Lo mismo en una biblioteca o a disposición en la Presidencia Municipal o comandancia.
En cuanto al auto, debe estar en orden en México, es decir, legalizada. En su defecto, amparada.
Si él quiere regalarle el automóvil, debe regularizarse el vehículo para después darlo de alta a nombre de usted. Es muy importante para evitarse dolores de cabeza futuros.
Si el auto no está regularizado en México (no importa si lo está en EUA, lo importante es en México), hay que regularizarlo primero, pues sí tiene facultades la policía de retener el auto y llevarlo a un corralón.
En su caso, su padre puede recogerlo, previo pago de derechos de piso y las multas correspondientes.
Mis respuestas:
1.- Si no tiene usted el permiso de circulación, legalmente, no.
2.- Sí, puede usted usarlo ya estando legalizado. Sólo requiere tener usted copia de la legalización del auto en la guantera y su licencia vigente para conducir. Basta explicar al oficial que el auto es de su padre y que el automóvil está en regla.
3.- Desconozco las tarifas específicas allá. Supongo que son relativamente elevadas considerando que se trata de una zona fronteriza. De hecho, la tramitación para legalizar el auto debe ser menos complicada precisamente por la zona. Habría que consultar el Reglamento local, como le sugerí.
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Te recomiendo este excelente sitio web con información acerca de normas de tránsito, multas y otras cuestiones: https://carrosenusa.com/donde-puedo-pagar-ticket-de-parking/

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