Multa por exceso velocidad

Buenas txema, soy Raúl (el que te mandó la notificación por email), a ver si me puedes decir lo que sea, estoy acojonado y no se que hacer... Te repito la situación... Me ha llegado una notificación para identificar al conductor porque he sido denunciado por un radar marca xxx en carretera XXXX, a 134 cuando estaba señalizado a 80.
La notificación viene con fecha 19/07/09, . He llamado a trafico para que me aclarasen esto y me dicen que la infracción se cometió el 30/06/09 y que tienen la foto con la matricula y que se ve perfectamente... Mi pregunta es...¿qué me recomendáis que haga?:
a) No identificar al conductor y dejar que me pongan una sanción por no colaborar con la admón.
b) Identifcar al conductor (en este caso yo) y cuando me llegue la sanción alegar un defecto de forma en cuanto que no coincide la fecha en la que se me ha notificado con la fecha en la que ocurrió la infracción, ya que no puedo defenderme si no se cuando ha ocurrido la infracción.
c) Pagar la multa y a correr.
Quisiera saber si es posible el b), puesto que creo que en la notificación tendría que aparecer la fecha en la que la infracción se cometió, pues si no es así o no coincide (como en este caso) yo no puedo saber en que fecha ocurrió la infracción...¿no os parece?
Gracias por tu ayuda.
Por favor, contestame, ya que se me agota el tiempo y no se que hacer.

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Respuesta
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En tu caso lo más práctico es no identificar al conductor y recibir la sanción por este motivo, dado que identificarte te restaría puntos en el carné además de la sanción, que al rebasar en 50% la velocidad fijada sería también elevada, si no un delito contra la Seguridad del Tráfico.
La fecha real de la infracción por radar se comunica tras identificar al conductor por lo tanto eso no te sirve para recurrir.
Un saludo y no olvides valorar la respuesta.

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